Apuntes Personales y de Derecho de las Universidades Bernardo O Higgins y Santo Tomas.


1).-APUNTES SOBRE NUMISMÁTICA.

2).- ORDEN DEL TOISÓN DE ORO.

3).-LA ORATORIA.

4).-APUNTES DE DERECHO POLÍTICO.

5).-HERÁLDICA.

6).-LA VEXILOLOGÍA.

7).-EDUCACIÓN SUPERIOR.

8).-DEMÁS MATERIAS DE DERECHO.

9).-MISCELÁNEO


martes, 13 de enero de 2015

168.-El fascismo I.- a





El término fascista, y más habitualmente sus síncopas coloquiales facha o facho,​ se utiliza en sentido peyorativo para aludir a personas de ideología fascista.

Aunque el término original, en sentido estricto, se refiere a ideologías fascistas, su uso coloquial lo ha extendido de forma que hoy se usa para aludir con tinte peyorativo a los oponentes ideológicos aunque su ideología no sea fascista. También se utiliza para referirse a cualquier dirigente o gobierno totalitario, autoritario o nacionalista, con independencia de si la persona o grupo así calificado se reconoce o no como fascista. En algún caso se ha aplicado a personajes históricos que vivieron antes de la aparición del fascismo.

Con independencia de su origen, el abuso del término "fascista" ha sido denunciado en varias ocasiones. Como señaló el historiador Stanley G. Payne:

En el sentido más amplio, por supuesto, «fascista» es simplemente el término del que más se abusa popularmente y su uso indica únicamente que, sea lo que sea a lo que haga referencia, «desagrada» al que lo pronuncia, como dice Gottfried. De ahí que periodistas y comentaristas hayan recurrido de inmediato a aplicar la palabra que empieza por «f» a Donald Trump, aunque a veces han admitido que realmente no sabían qué era lo que podría significar. Al nivel más común del discurso izquierdista, «fascismo» suele implicar meramente «no lograr estar en consonancia con los cambios introducidos mucho después de la Segunda Guerra Mundial». La trivialización es absurda, pero habitual.

Ya en 1944 el término se había extendido tanto en su uso que el ensayista y novelista británico George Orwell escribió:

Aunque cuando usamos el término 'fascismo' al describir Alemania o Japón o la Italia de Mussolini, sabemos más o menos que significa. Es en la política interna donde el término ha perdido los últimos vestigios de su significado. Por ejemplo si miras la prensa encontrarás que no hay quien —y por supuesto ningún partido político u organización— no haya sido denunciado por ser fascista durante los últimos diez años. (...) Parecería que, tal como se usa, la palabra «fascismo» ha quedado casi totalmente desprovista de sentido. En las conversaciones, por supuesto, se usa casi más ampliamente que en prensa. La he oído aplicada a granjeros, tenderos, al Crédito Social, al castigo corporal, a la caza del zorro, a las corridas de toros, al Comité 1922, al Comité 1941, a Kipling, a Gandhi, a Chiang Kai-Shek, a la homosexualidad, a las transmisiones de Priestley, a los albergues juveniles, a la astrología, a las mujeres, a los perros y a no sé cuántas cosas más. (...) Lo más que podemos hacer por el momento es usar la palabra con circunspección y no, como se suele hacer, degradarlo al nivel de una palabrota.

Más recientemente, en 2018, el Huffington Post publicó la siguiente reflexión:

Facha es el comodín del que se tira en cuanto se quiere concluir una discusión por la vía rápida, el ataque más duro que se puede dirigir contra alguien que defienda ideas de derechas o, más recientemente, incluso de izquierdas. Es la bala dialéctica que se dispara a las primeras de cambio en cualquier conversación política, social e incluso deportiva.

Según José María Marco, este uso del término fue parte de una campaña de propaganda de la URSS, que lo utilizó para señalar a todo aquel que no simpatizara con el comunismo.

No importaba el anacronismo, la injusticia o el disloque, sino el mensaje.

“Soy un animal”, se definía Mussolini, ávido
de dominio en sexo y política. De idealista, nada

La naturaleza del fascismo histórico

En un pequeño libro,el filósofo Umberto Eco señalaba una serie de rasgos de lo que llamaba el “fascismo eterno”, una ideología y un modelo de régimen político que solo en apariencia habían sido borrados de la historia: “Podían regresar en algún momento bajo una apariencia inofensiva, por lo que nuestro deber consiste en desenmascararlo y poner de manifiesto cada uno de sus nuevos aspectos”.
La advertencia sigue siendo válida, aun cuando ni el fascismo clásico ni el nazismo resurjan de sus cenizas. Sí pueden darse regímenes y movimientos políticos que contienen algunas de sus características fundamentales: el aplastamiento de la democracia y de los derechos humanos, la supresión del pluralismo y de la libertad de expresión, el monopolio del poder por un líder carismático que se apoya en la noción de “pueblo”, construida desde la discriminación del otro. No son estrictamente fascistas, pero sí forman parte de la “nebulosa” heredera del fascismo (y en el caso de Putin, del totalitarismo soviético).
El debate sigue vivo sobre la naturaleza del fascismo histórico. La literatura antifascista post-1945 elaboró una interpretación útil para la polémica, pero simplificadora. El fascismo de Mussolini habría sido un movimiento reaccionario, desprovisto de ideología, basado en el recurso a una violencia terrorista, al servicio del gran capital. Frente a ello, el revisionismo de Renzo de Felice, mediados los años setenta, propuso con gran éxito la imagen de un fascismo modernizador, propio de unas clases medias emergentes, portador de unas ideas que le causaron siempre inseguridad al tratar de ser aplicadas a la realidad italiana. Desde la tensión permanente entre “fascismo movimiento” y “fascismo régimen”, Mussolini habría intentado ejercer un poder personal, incapaz de cubrir la distancia entre las aspiraciones fascistas y su política. Fue “absolutamente distinto” del nazismo. Hablar de “fascismos” sería un error.

De Felice permitió superar un discurso histórico dualista, poner el acento en la importancia de la ideología e insistir sobre la vertiente modernizadora. El panorama resultante gana en complejidad, aunque la incorpora a costa de desembocar en una amalgama entre aspectos positivos e insuficiencias. Y absoluciones. Además, la importancia de las ideologías no debe suponer verlas en el fascismo como guías de la acción política; ya el recurso inicial a la captación de temas y símbolos de la izquierda nos dice que por encima de la lectura de Sorel o de Le Bon estaba la efectividad del manganello —la porra de hierro— y del revólver para aniquilar al adversario de clase. Conviene leer a De Felice o a Emilio Gentile, tras asistir a una proyección de peliculas Novecento o de Vincere. Y contrastar las exculpaciones con datos tales como el racismo exhibido ante Clara Petacci —“cerdos judíos, pueblo destinado a ser completamente destruido”—, o su estrategia del terror aéreo sobre poblaciones civiles (Etiopía, España). “Soy un animal”, se autodefinía Mussolini, ávido de dominio en sexo y política. De idealista, nada.

El 23 de marzo de 1919, era fundado el movimiento fascista los Fascios italianos de Combate, en una asamblea celebrada en el Círculo Industrial milanés de Sansepolcro. La declaración ideológica, obra de Mussolini, revela que su matriz se encontraba en el intervencionismo de Italia en la Gran Guerra. De ahí surgen los tres causantes de la formación del fascismo: movilización ultranacionalista de clases medias, con el exsocialista Mussolini a la cabeza; intereses capitalistas en busca de beneficios extraordinarios, y complicidad del rey, avalista de la llegada y consolidación del fascismo en el poder.
Como en Alemania para el nazismo, la guerra fue el vivero de actitudes políticas subversivas y de violencia para el fascismo. En Sansepolcro, Mussolini invocó a los mártires de la guerra, el derecho de la nación italiana a la expansión territorial y la intención de eliminar a los “neutralistas”. Otros aspectos son confusos, pero el rasgo definitorio es ese ataque a los “neutralistas”, léase socialistas, los “leninistas de Italia”. De la guerra clásica a la guerra social. Semanas más tarde, el 15 de abril, el fascismo naciente descubre su verdadero rostro, al asaltar, y causar varios muertos, una manifestación socialista en Milán, incendiando su diario Avanti! Los excombatientes armados salieron del local de Il Popolo d’Italia, dirigido por Mussolini. De la policía, ninguna protección.
Escuadrismo y violencia antiobrera, amparados por las fuerzas del orden, tal fue la fórmula de ascenso al poder, hasta 1922. El liberalismo gobernante vio en el fascismo una eficaz contrarrevolución armada al servicio de la propiedad, bajo una capa de demagogia. En este marco de intereses, la “revolución” consistió en un proceso de invasión progresiva del poder por un partido-milicia. Su atractivo consistía en responder además a las frustraciones del nacionalismo tras la unificación. El alto precio pagado por la guerra —medio millón de muertos— legitimaba la aspiración de las clases medias a alcanzar un poder que les era negado por las elites liberales, a la sombra amenazadora de la revolución rusa. La cuadratura del círculo se plasmó en una “revolución conservadora”, donde el desplazamiento del poder político respetó las jerarquías previas del orden social.
Sobre estas bases, el fascismo forjó desde la violencia una alternativa al Estado liberal. Resulta discutible el relato de Emilio Gentile, proponiendo un “cambio radical” desde el primer fascismo, supuestamente antiestatalista e individualista, al constructor de un nuevo Estado, donde el pluralismo resulta sofocado por un “totalitarismo que subordina toda acción individual al Estado y a su ideología” (Eco). Conviene tener en cuenta la capacidad de Mussolini para captar temas y símbolos enfrentados a aquello que quiere derribar: un Estado a cuya conquista y reorganización aspira, atendiendo al patrón totalitario diseñado previamente por Lenin. Una vez alcanzado el Gobierno en 1922, el Estado fascista institucionalizó al escuadrismo, bajo el omnímodo poder del Duce. Fue una construcción política que precisó de la represión y del terror para su establecimiento y consolidación, y que siendo heredera del intervencionismo se proyectó agresivamente hacia el exterior, a partir de la exaltación nacionalista.

Todo ello jugando a fondo la baza modernizadora, especialmente en la comunicación política. Consiguió así, desde el imaginario, generar un consenso, dotado incluso de una dimensión religiosa; pasivo dado el carácter militar de las relaciones políticas y activo por el recurso a una movilización permanente. Al participar en ella, cada fascista ve satisfechas sus pulsiones básicas: dominar al otro, practicar la camaradería, exhibir un machismo desenfrenado y traducir impunemente el odio en violencia. En calidad de líder carismático, Benito Mussolini garantizará la realización de tales aspiraciones generando un culto desaforado a su personalidad.
Togliatti definió el fascismo como “régimen reaccionario de masas” y es precisamente a ese líder a quien corresponde dirigir a las masas, nunca ciudadanos, para su plena integración en el Estado totalitario. Fue un objetivo inacabado en el caso italiano. Pero, más allá de las inevitables distancias, es la convergencia en esa trayectoria lo que aglutina a fascismo y nazismo bajo el denominador común de “fascismos”. Mussolini lo percibió al experimentar una auténtica fascinación cuando conoce a Hitler. Eran “dos dioses sobre las nubes”.

Antonio Elorza es profesor de Ciencia Política



Carta de Trabajo de 1927

La Carta de Trabajo (Carta del Lavoro en lengua italiana) fue una carta otorgada por Mussolini en el 1927 cuyo objetivo principal era la modernización de la economía italiana, solucionando los problemas sociales y las relaciones entre clases con criterios corporativistas. La Carta fue promulgada por el Gran Consejo Fascista y se publicó en el periódico Il Lavoro d'Italia el 23 de abril de 1927. Su redacción recayó principalmente en Giuseppe Bottai, Secretario de Estado de Empresas.
La Carta declara que la empresa privada es la institución económica más eficaz, ayudando así a Mussolini para confirmar el apoyo de los ricos industriales que fueron los primeros partidarios del fascismo. Insistió en el hecho de que la intervención del Estado sería legítima sólo cuando la empresa privada fuera deficiente. El artículo 7, por lo tanto, declaró que:

"El Estado corporativo considera la iniciativa privada, en el campo de la producción como el instrumento mas eficaz y mas útil a los intereses nacionales."

En el artículo 9 se indica que:

"La intervención del Estado en la producción económica puede tomar encajes sólo cuando la iniciativa privada está ausente o es insuficiente, o cuando están en juego el interés político del Estado. Esta intervención puede adoptar la forma de control, estímulo o de gestión directa."


Se creó un Tribunal de Trabajo para la solución de cualquier controversia o conflicto dentro de las empresas (artículo 5). Este objetivo fue más concretado en 1934 la ley sobre las empresas de 1934. Los trabajadores no tenían la posibilidad de elegir a sus representantes, que eran nombrados por el Estado. Junto a esos representantes de los trabajadores, designados por el estado, las empresas designaban a sus propios representantes.



 Carta del trabajo. La Carta del Lavoro. 


La Carta del Trabajo Italiano fue escrita el 29 de Abril de 1927 y es el tratado político-económico que proclama explícitamente los principios y propósitos de la teoría económica del Fascismo y el establecimiento del Estado Corporativo Nacionalista y Autárquico, la organización colectiva de los trabajadores, en dirección a la defensa de sus intereses y de mejores condiciones de trabajo, en perfecta armonia entre los empleadores y los intereses de la Nación sin lucha de clases y con absoluto respeto a la propiedad privada.


El Estado Corporativo y su organización


I
La Nación es un organismo que tiene fines, vida y medios de acción superiores, en potencia y duración, a los individuos divididos o agrupados que la componen. Es una unidad moral, política y económica, que se realiza integralmente dentro del Estado Fascista.
II
El trabajo en todas sus formas organizadas y ejecutivas, intelectuales, técnicas, manuales, es un deber social, desde este punto de vista y solamente bajo este aspecto, está tutelado por el Estado.
Desde el punto de vista nacional, el conjunto de la producción es unitario; sus finalidades son unitarias y se resumen en el bienestar de los individuos y en el desarrollo de la potencialidad nacional.
III
La organización sindical o profesional es libre. Pero solamente el Sindicato, legalmente reconocido y sometido al control del Estado, tiene derecho a representar legalmente toda la categoría de patronos o de trabajadores por la cual está constituido: a tutelar sus intereses frente al Estado y a las demás asociaciones profesionales; a estipular contratos colectivos de trabajo, obligatorios para todos los pertenecientes a la categoría; imponerles contribuciones y ejercitar, respecto a ellos, funciones delegadas de interés público.
IV
En el contrato colectivo de trabajo es la expresión concreta de la solidaridad entre los varios factores de la producción, mediante la conciliación de los intereses opuestos de los patronos y de los trabajadores, y su subordinación a los intereses superiores de la producción.
V
La Magistratura del Trabajo es el órgano con el cual el Estado interviene para arreglar las controversias del trabajo, sea por lo que se refiere a la observancia de los pactos y demás normas existentes, sea a la determinación de nuevas condiciones de trabajo.
VI
Las asociaciones profesionales legalmente reconocidas garantizan la igualdad jurídica entre los patronos y los trabajadores, mantienen la disciplina de la producción y del trabajo y fomentan su perfeccionamiento.
Las Corporaciones constituyen la organización unitaria de las fuerzas de la producción y representan integralmente sus intereses.
En virtud de esta representación integral, siendo los intereses de la producción intereses nacionales, las Corporaciones están reconocidas por la ley como órganos del Estado. Como representantes de los intereses unitarios de la producción, las Corporaciones pueden emanar normas obligatorias sobre la disciplina de las relaciones de trabajo, así como sobre la coordinación de la producción, siempre que las asociaciones confederadas les hayan otorgado los poderes necesarios.
VII
El Estado corporativo considera la iniciativa privada en el campo de la producción como el medio más eficaz y más útil para el interés de la Nación.
Siendo la organización privada de la producción una función de interés nacional, el organizador de la empresa es responsable frente al Estado de la orientación de la producción.
De la colaboración de las fuerzas productivas deriva la reciprocidad de derechos y deberes entre ellas. El trabajador en general, sea técnico, empleado u obrero, es un colaborador activo de la empresa económica, cuya dirección está a cargo del patrono, que es el responsable.
VIII
Las asociaciones profesionales de patronos tienen la obligación de fomentar con todos los medios, el aumento de la producción, su perfeccionamiento y la reducción del coste. Las representaciones de quienes ejercen una profesión liberal o un arte y las asociaciones de empleados públicos, contribuyen en la tutela de los intereses del arte, de la ciencia y de las letras, y en el perfeccionamiento de la producción y en la consecución de los fines morales del ordenamiento corporativo.
IX
La intervención del Estado en la producción, económica se verifica solamente cuando falte o sea insuficiente la iniciativa privada o cuando estén en juego intereses políticos del Estado. Dicha intervención puede asumir la forma de control, del fomento y de la gestión directa.
En las controversias colectivas del trabajo, no se puede dar lugar a la acción judicial sin que antes el órgano corporativo no haya intentado la conciliación.
En las controversias individuales concernientes a la interpretación y la aplicación de los contratos colectivos de trabajo, las asociaciones profesionales tienen, facultad para intervenir en pro de la conciliación.
Para semejantes controversias, la competencia pasa a la magistratura ordinaria, complementada con asesores designados por las asociaciones profesionales interesadas.


Del Contrato Colectivo de Trabajo y de las garantías del trabajo

XI
Las asociaciones profesionales tienen la obligación de regular, mediante contratos colectivos, las relaciones del trabajo entre las categorías de los patronos y de los trabajadores por ellas representadas.
El contrato colectivo de trabajo se estipula entré asociaciones de primer grado, bajo la guía y el control de las organizaciones centrales, salvo la facultad de substitución por parte de la asociación de grado superior, en los casos previstos por la ley y por los estatutos.
So pena de nulidad, cada contrato colectivo de trabajo debe contener normas precisas sobre las relaciones disciplinarias, sobre el período de aprendizaje, sobre la cuantía y pago de la retribución y el horario de trabajo.
XII
La acción del sindicato, la obra conciliadora de los órganos corporativos y el fallo de la Magistratura del trabajo garantizan la proporción del salario conforme a las necesidades normales de la vida, a las posibilidades de la producción y al rendimiento del trabajo.
La determinación del salario no está supeditada a ninguna norma general y está confiada al acuerdo de las partes en los contratos colectivos.
XIII
Los datos obtenidos por las Administraciones públicas, por el Instituto central de estadística y por las asociaciones profesionales legalmente reconocidas, respecto a las condiciones de la producción y del trabajo, a la situación, del mercado monetario y a las variaciones del tenor de vida de los prestadores de obra, coordenados y elaborados por el Ministerio de Corporaciones, sugerirán el criterio para armonizar entre ellas los intereses de las diferentes categorías y clases y los de éstas con el interés superior de la producción.
XIV
La retribución debe ser asignada en la forma más conforme con las exigencias del trabajador y de la empresa.
Cuando la retribución se fije a destajo, y la liquidación de los destajos se haga por periodos superiores a la quincena, tienen que ser concedidos anticipos quincenales o semanales de adecuada cuantía.
El trabajo nocturno, no comprendido en regulares turnos periódicos, se retribuye con el aumento de un tanto por ciento respecto al trabajo diurno.
Cuando el trabajo se retribuya a destajo, las tarifas de destajo deben determinarse de modo que el obrero laborioso, de normal capacidad de trabajo, pueda conseguir una ganancia mínima además del sueldo base.
XV
El prestador de obra tiene derecho al descanso semanal en coincidencia con los domingos. Los contratos colectivos aplicarán tal principio teniendo en cuenta las normas de leyes existentes, las exigencias técnicas de la empresa, y, en los límites de dichas exigencias, procurarán al mismo tiempo que se respeten las festividades civiles y religiosas según las tradiciones locales. El horario de trabajo tendrá que ser intensa y escrupulosamente observado por el prestador de obra.
XVI
Después de un año de ininterrumpido servicio, el prestador de obra en las empresas de trabajo continuo, tiene derecho a un periodo anual de vacaciones retribuido.
XVII
En las empresas de trabajo continuo, el trabajador, en caso de cese en las relaciones de trabajo, por despido sin culpa, tiene derecho a una indemnización proporcionada a los años de servicio. Dicha indemnización también es debida en caso de muerte del trabajador.
XVIII
En las empresas de trabajo continuo, el traspaso del negocio no rescinde el contrato de trabajo, y el personal adicto a tal empresa conserva sus derechos frente al nuevo titular. Asimismo la enfermedad del trabajador, si no pasa de una determinada duración, no rescinde el contrato de trabajo. La llamada al servicio militar o al de la Milicia Voluntaria de Seguridad Nacional (MVSN), no es causa de despido.
XIX
Las infracciones de la disciplina y los actos que perturben la marcha normal del negocio, cometidos por los trabajadores, están castigados según la gravedad de la falta, con multas, con suspensión del trabajo y, en los casos más gravea con inmediato despido sin indemnización.
XX
El prestador de obra recién entrado en una empresa, está sujeto a un período de prueba, durante la cual es recíproco el derecho a la rescisión del contrato, sin más que el pago de la retribución por el tiempo en que efectivamente se prestó el trabajo.
El contrato colectivo del trabajo también extiende sus beneficios y su disciplina a los que trabajan a domicilio. El Estado dictará varias normas para asegurar la policía y la higiene del trabajo a domicilio.


De las oficinas de colocación

XXII
El Estado precisa y controla el fenómeno de la ocupación y de la desocupación de los trabajadores, índice general de las condiciones de la producción y del trabajo.
XXIII
Las oficinas de colocación están constituidas sobre una base paritética y bajo el control de los órganos corporativos del Estado. Los patronos tienen la obligación de asumir los prestadores de obra por mediación de dichas oficinas. Tienen la Facultad de escoger entre los inscritos en las listas, prefiriendo a los que pertenezcan al Partido y a los Sindicatos Fascistas, según la antigüedad de inscripción.
XXIV
Las asociaciones profesionales tienen la obligación de seleccionar los trabajadores a fin de elevar cada vez más su capacidad técnica y su valor moral.
XXV
Los órganos corporativos vigilan para que las leyes sobre la prevención de infortunios y sobre la policía del trabajo sean observadas por los individuos sujetos a las asociaciones colegadas.

De la previsión. De la asistencia. De la educación y de la Instrucción

XXVI
La previsión es una alta manifestación del principio de colaboración. El patrono y el prestador de obra deben contribuir proporcionalmente en los gastos. El Estado, mediante loa órganos corporativos y las asociaciones profesionales, procurará coordinar y unificar lo más posible el sistema y los institutos de previsión.
XXVII
El Estado fascista propone:
1) El perfeccionamiento del seguro contra los infortunios;
2} El mejoramiento y la extensión del seguro-de maternidad;
3) El seguro contra las enfermedades profesionales y contra la tuberculosis, como tránsito hacía el seguro general contra todas las enfermedades;
4) El perfeccionamiento del seguro contra la desocupación involuntaria.
5) La adopción de especiales formas de seguros-dótales para los jóvenes trabajadores.

XXVIII
Incumbe a las asociaciones de trabajadores la tutela de sus representados en las gestiones administrativas y judiciales, referentes al seguro contra infortunios y a los seguros sociales. En los contratos colectivos de trabajo quedará establecida, cuando técnicamente sea posible, la constitución de cajas mutuas para enfermedad con la contribución de los patronos y de los prestadores de obra y cuya administración estará a cargo de representantes de ambos y bajo la vigilancia de los órganos corporativos.
La asistencia a sus representados, sean o no socios, es un derecho y un deber de las asociaciones profesionales. Estas deben ejercitar directamente sus funciones de asistencia y no pueden delegarlas en otras entidades o institutos, como no sea por objetivos de índole general, que excedan de los intereses de cada categoría.

XXX
La educación y la instrucción de sus representados, socios y no socios, especialmente la instrucción profesional, es uno de los principales deberes de las asociaciones profesionales. Estas deben secundar la acción de las Obras Nacionales relativas al post-trabajo y a las demás iniciativas de educación.

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