Definición.
Proveedor, en plural Proveedores, es un cuerpo de oficiales de numero, en las Secretarias de Juzgados de Letra y los Tribunales Superiores de Justicia, cuya función es la elaboración y la redacción de las resoluciones judiciales, antes sea aprobada por el magistrado.
Historia.
Los proveedores son funcionarios judiciales de las secretarias de los tribunales de justicia, que han existido desde la creación de la Real Audiencia en la época colonial, y han ejercido la misma función de colaborar directo e inmediata de los jueces , en la redacción de resoluciones judiciales asta el presente.
La ley de organización y atribución de tribunales y juzgados de 1875, actual Codigo Orgánico de Tribunales, fue la primera ley que los mencionó, como Oficiales de Numero de las Secretaria de los Tribunales de Justicia. Desde año 1925, los proveedores forman parte de Escalafón Judicial, en el escalafón Tercero o de empleados subalternos.
Regulación actual.
El Código Orgánico de Tribunales, y las leyes de planta de los tribunales de justicia, regula el número de proveedores que había sido fijado en cada tribunal, sea Juzgado, Tribunal de lo Penal, o Cortes Superiores. Forman parte de escalafón tercero o de Empleados, de Escalafón Judicial.
Los proveedores en Escalafón de Empleados, se clasifican en trabajan en tribunales antiguos y los nuevos
Tribunales nuevos.
Organización interna de los juzgados de letras, y los proveedores.
I.-Juzgados Antiguos.
Cada juzgado de letras esta organizado en varias unidades, que son las siguientes: Sección de Proveedores, Sección de la Letra, Sección de Audiencias, despachos del Secretario y del Juez Titular.
El Juez titular del tribunal, se encarga de distribuir el trabajo de funcionarios de tribunales, de acuerdo a la carga de trabajo.
II.-Juzgados nuevos.
Los juzgados nuevos, se organizará en unidades administrativas y jurisdiccionales, que son: 1).- Sala; 2).- Atención de publico; 3).- Servicios; 4).- Administración de causas;
Los proveedores se ubican en la unidad de Administración de causas, quien maneja las causas y registros de los procesos en el juzgado, incluidas las relativas a las notificaciones; al manejo de las fechas y salas para las audiencias; al archivo judicial básico, al ingreso y al número de rol de las causas nuevas; a la actualización diaria de la base de datos que contenga las causas del juzgado, y a las estadísticas básicas del mismo. Es responsable por planificar, dirigir, coordinar y controlar las labores relativas: al manejo de causas y registros en el tribunal, incluidas las relativas al manejo de las fechas y salas para las audiencias; al archivo judicial básico, al ingreso y número de rol de las causas nuevas; a la primera audiencia judicial de los detenidos; a la actualización diaria de la base de datos que contenga las causas del tribunal, a las estadísticas básicas del tribunal, y a la certificación de actuaciones (Ministro de Fe).
Los cargos que componen la unidad de administración de causas son: Jefe de Unidad de Administración de Causas, Administrativo de Causas, que administra y gestiona las causas y registros del tribunal, según los protocolos estipulados, y Ayudante de Causas, que colabora en las tareas relacionadas con el ingreso de causas y registros del tribunal, actualización de base de datos y archivo de documentos.
Tramitación de los escritos judiciales.
Los escritos judiciales que presentan las partes en los Juzgados Civiles de Santiago, son ingresado en la Unidad Administrativa de los Juzgados Civiles, en donde son escaneando, registrados en el sistema computacional del poder judicial, y enviados a los juzgados respectivos, donde ingresan al despacho del secretario del tribunal, en donde el Oficial Primero, lo distribuyen en el respectivo proveedor asignado, ademas de registrar la asignación en el libro de proveedores.
Los proveedores judiciales, una vez asignado, analizan el escrito judicial presentado, y elaboran un proyecto de resolución judicial que es examinado por el respectivo juez o secretario, quien lo revisa, pudiendo aprobarlo o modificarlo.
Una vez aprobado o corregido, por Juez, la resolución judicial, es firmado por el magistrado y refrendado por el ministro de fe del tribunal, y publicado en sistema electrónico del tribunal.
Cuando hay expediente de papel, el escrito de las partes y la resolución judicial respectiva, es foliada y cosida en el expediente judicial.
Historia.
Los proveedores son funcionarios judiciales de las secretarias de los tribunales de justicia, que han existido desde la creación de la Real Audiencia en la época colonial, y han ejercido la misma función de colaborar directo e inmediata de los jueces , en la redacción de resoluciones judiciales asta el presente.
La ley de organización y atribución de tribunales y juzgados de 1875, actual Codigo Orgánico de Tribunales, fue la primera ley que los mencionó, como Oficiales de Numero de las Secretaria de los Tribunales de Justicia. Desde año 1925, los proveedores forman parte de Escalafón Judicial, en el escalafón Tercero o de empleados subalternos.
Regulación actual.
El Código Orgánico de Tribunales, y las leyes de planta de los tribunales de justicia, regula el número de proveedores que había sido fijado en cada tribunal, sea Juzgado, Tribunal de lo Penal, o Cortes Superiores. Forman parte de escalafón tercero o de Empleados, de Escalafón Judicial.
Los proveedores en Escalafón de Empleados, se clasifican en trabajan en tribunales antiguos y los nuevos
Tribunales Antiguos.
PRIMERA CATEGORÍA |
OFICIALES 2º
DE LA CORTE SUPREMA OFICIALES 1º DE LAS CORTES DE APELACIONES SECRETARIO DEL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA Y OFICIAL DE PERSONAL DE LA CORTE SUPREMA |
SEGUNDA CATEGORÍA |
OFICIALES 3º
DE LA CORTE SUPREMA OFICIALES 2º DE LAS CORTES DE APELACIONES Y OFICIALES 1º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE ASIENTO DE CORTE. |
TERCERA CATEGORÍA |
OFICIALES 4º
DE LA CORTE SUPREMA OFICIAL DE ARCHIVO DE LA BIBLIOTECA DE LA CORTE SUPREMA OFICIALES 3º DE LAS CORTES DE APELACIONES OFICIALES DE LOS FISCALES DE ESTOS MISMOS TRIBUNALES OFICIALES 2º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE ASIENTO DE CORTE OFICIALES 1º DE LOS JUZGADOS DE CAPITAL DE PROVINCIA. |
CUARTA CATEGORÍA |
OFICIALES AUXILIARES
DE LA CORTE SUPREMA AYUDANTE DE BIBLIOTECA DE LA CORTE SUPREMA OFICIALES 4º DE LAS CORTES DE APELACIONES OFICIAL 4º AYUDANTE DE BIBLIOTECA DE LA CORTE DE APELACIONES DE VALPARAISO OFICIALES 3º DE LOS J UZGADOS DE LETRAS DE ASIENTO DE CORTE OFICIALES 2º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE CAPITAL DE PROVINCIA OFICIALES 1º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS OFICIALES DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SANTIAGO Y DE VALPARAISO. |
QUINTA CATEGORÍA |
OFICIALES 4º
DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE ASIENTO DE CORTE OFICIALES 3º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE CAPITAL DE PROVINCIA OFICIALES 2º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS. |
SEXTA CATEGORÍA |
OFICIALES 4º
DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE CAPITAL DE PROVINCIA OFICIALES 3º DE LOS JUZGADOS DE LETRAS DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS OFICIAL INTERPRETE DE LOS JUZGADOS DE TEMUCO |
SÉPTIMA CATEGORÍA | OFICIALES ASISTENTES Y OFICIALES DE SALA DE LA CORTE SUPREMA DE LAS CORTES DE APELACIONES, DE LOS JUZGADOS DE LETRAS. |
Tribunales nuevos.
PRIMERA CATEGORÍA | |
SEGUNDA CATEGORÍA |
ENCARGADOS DE SALA DE TRIBUNALES
DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES ADMINISTRATIVOS JEFES DE JUZGADOS DE FAMILIA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL Y DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN |
TERCERA CATEGORÍA |
ADMINISTRATIVOS 1º
DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTIA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES, ENCARGADOS DE SALA DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA, ADMINISTRATIVOS CONTABLES DE JUZGADOS DE FAMILIA DE ASIENTO DE CORTE, ADMINISTRATIVOS JEFES DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN, Y DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO DE CAPITAL DE PROVINCIA, ADMINISTRATIVOS 1º DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE ASIENTO DE CORTE |
CUARTA CATEGORÍA |
ADMINISTRATIVOS 2º
DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES, ADMINISTRATIVOS 1º DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA, ENCARGADOS DE SALA DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS, ADMINISTRATIVOS JEFES DE JUZGADOS DE FAMILIA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN DE COMUNA, ADMINISTRATIVOS CONTABLES DE JUZGADOS DE FAMILIA DE CAPITAL DE PROVINCIA, ADMINISTRATIVOS 1º DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO DE CAPITAL DE PROVINCIA, Y ADMINISTRATIVOS 2º DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE ASIENTO DE CORTE. |
QUINTA CATEGORÍA |
ADMINISTRATIVOS 3º
DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES, ADMINISTRATIVOS 2º DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA, ADMINISTRATIVOS 1º DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS, ADMINISTRATIVOS CONTABLES DE JUZGADOS DE FAMILIA DE COMUNA, ADMINISTRATIVOS 1º DE JUZGADOS DE FAMILIA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN DE COMUNA, ADMINISTRATIVOS 2º DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO DE CAPITAL DE PROVINCIA Y ADMINISTRATIVOS 3º DE JUZGADOS DE FAMILIA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE ASIENTO DE CORTE |
SEXTA CATEGORÍA |
ADMINISTRATIVOS 3º DE
TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA ADMINISTRATIVOS 2º Y 3º DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS, AYUDANTES DE AUDIENCIA DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES TELEFONISTAS Y SECRETARIAS EJECUTIVAS DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES ADMINISTRATIVOS 2º DE JUZGADOS DE FAMILIA DE COMUNA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y ADMINISTRATIVOS 3º DE JUZGADOS DE FAMILIA, DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN Y JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CAPITAL DE PROVINCIA Y AYUDANTES DE SERVICIOS DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO DE CIUDAD ASIENTO DE CORTE DE APELACIONES. |
SÉPTIMA CATEGORÍA |
CHÓFER DE LA PRESIDENCIA
DE LA CORTE SUPREMA AYUDANTES DE AUDIENCIA DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA Y DE COMUNAS O AGRUPACIÓN DE COMUNAS TELEFONISTAS Y SECRETARIAS EJECUTIVAS DE DE TRIBUNALES DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DE JUZGADOS DE GARANTÍA DE CIUDAD DE ASIENTO DE CAPITAL DE PROVINCIA Y DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS ADMINISTRATIVOS 3º DE JUZGADOS DE FAMILIA Y DE JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN DE COMUNA Y AYUDANTES DE SERVICIOS DE JUZGADOS DE LETRAS DEL TRABAJO Y DE JUZGADOS DE LETRAS CON COMPETENCIA COMÚN DE CAPITAL DE PROVINCIA Y DE COMUNA O AGRUPACIÓN DE COMUNAS. |
Organización interna de los juzgados de letras, y los proveedores.
I.-Juzgados Antiguos.
Cada juzgado de letras esta organizado en varias unidades, que son las siguientes: Sección de Proveedores, Sección de la Letra, Sección de Audiencias, despachos del Secretario y del Juez Titular.
El Juez titular del tribunal, se encarga de distribuir el trabajo de funcionarios de tribunales, de acuerdo a la carga de trabajo.
II.-Juzgados nuevos.
Los juzgados nuevos, se organizará en unidades administrativas y jurisdiccionales, que son: 1).- Sala; 2).- Atención de publico; 3).- Servicios; 4).- Administración de causas;
Los proveedores se ubican en la unidad de Administración de causas, quien maneja las causas y registros de los procesos en el juzgado, incluidas las relativas a las notificaciones; al manejo de las fechas y salas para las audiencias; al archivo judicial básico, al ingreso y al número de rol de las causas nuevas; a la actualización diaria de la base de datos que contenga las causas del juzgado, y a las estadísticas básicas del mismo. Es responsable por planificar, dirigir, coordinar y controlar las labores relativas: al manejo de causas y registros en el tribunal, incluidas las relativas al manejo de las fechas y salas para las audiencias; al archivo judicial básico, al ingreso y número de rol de las causas nuevas; a la primera audiencia judicial de los detenidos; a la actualización diaria de la base de datos que contenga las causas del tribunal, a las estadísticas básicas del tribunal, y a la certificación de actuaciones (Ministro de Fe).
Los cargos que componen la unidad de administración de causas son: Jefe de Unidad de Administración de Causas, Administrativo de Causas, que administra y gestiona las causas y registros del tribunal, según los protocolos estipulados, y Ayudante de Causas, que colabora en las tareas relacionadas con el ingreso de causas y registros del tribunal, actualización de base de datos y archivo de documentos.
Tramitación de los escritos judiciales.
Los escritos judiciales que presentan las partes en los Juzgados Civiles de Santiago, son ingresado en la Unidad Administrativa de los Juzgados Civiles, en donde son escaneando, registrados en el sistema computacional del poder judicial, y enviados a los juzgados respectivos, donde ingresan al despacho del secretario del tribunal, en donde el Oficial Primero, lo distribuyen en el respectivo proveedor asignado, ademas de registrar la asignación en el libro de proveedores.
Los proveedores judiciales, una vez asignado, analizan el escrito judicial presentado, y elaboran un proyecto de resolución judicial que es examinado por el respectivo juez o secretario, quien lo revisa, pudiendo aprobarlo o modificarlo.
Una vez aprobado o corregido, por Juez, la resolución judicial, es firmado por el magistrado y refrendado por el ministro de fe del tribunal, y publicado en sistema electrónico del tribunal.
Cuando hay expediente de papel, el escrito de las partes y la resolución judicial respectiva, es foliada y cosida en el expediente judicial.
Su importancia jurídica.
1).-En los tribunales civiles de justicia de la república de Chile, los proveedores o redactores , son esenciales ya son colaboradores directos del Juez en la redacción de las resoluciones judiciales, su influencia personal es enorme. Forman los proveedores del escalafón tercero o de los empleados.
2).-En la administración de justicia comparada, existen, empleados del orden judiciales, ejercen la misma función de los proveedores de los tribunales civiles en Chile, como son los "assistants de justice" en los tribunales de Justicia de Francia, " law clerk o judicial clerk" en los tribunales anglosajones.
3).-A diferencia de los demás funcionarios administrativo del tribunales, un proveedor, es el asiste del juez o magistrado para la redacción de resoluciones judiciales, los proveedores son generalmente Abogados o empleados judiciales con conocimiento de derecho.
4).-Diversos investigadores jurídicos de las universidades, han demostrado, que los proveedores o empleados encargado de la redacción de las resoluciones judiciales, son influyente en la formación de la jurisprudencia de los tribunales, ya son colaboradores directos e inmediatos de los jueces y los magistrados, y se encarga de preparar borradores de resolución judiciales casi exclusivamente.
Nota Final.
En los juzgados civiles, los jueces trabajólicos son muy pocos, que redactan ellos la totalidad de las sentencias definitivas e interlocutorias, ya que existe una fuerte DELEGACIÓN DE FUNCIONES, en proveedores, lo mismo que los actuales secretarios de los juzgados civiles, los que llevan el tribunal son los oficiales primeros de secretaria, la verdad es que los Jueces y secretarios solo firman resoluciones judiciales.
Nota Final.
En los juzgados civiles, los jueces trabajólicos son muy pocos, que redactan ellos la totalidad de las sentencias definitivas e interlocutorias, ya que existe una fuerte DELEGACIÓN DE FUNCIONES, en proveedores, lo mismo que los actuales secretarios de los juzgados civiles, los que llevan el tribunal son los oficiales primeros de secretaria, la verdad es que los Jueces y secretarios solo firman resoluciones judiciales.
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