Introducción.
El imperio Ruso al cual las conquistas fueron anexándose sucesivamente, durante ciento cincuenta años, una serie de países diferentes de raza, de lengua y de costumbres, dicto mucho de presentar la unidad de legislación que se encuentra en los estados occidentales europeos.
La existencia de la esfera del derecho privado como un área, como regla general, cerrada a la intervención estatal arbitraria, en la historia de Rusia, desafortunadamente, resultó ser muy efímera y en gran parte simbólica. A finales del siglo XVII y principios del XVIII, cuando la economía capitalista privada ya se estaba desarrollando activamente en los estados de Europa occidental (que fue promovida activamente por el reconocimiento y la consolidación de los principios del derecho privado en sus sistemas legales), la legislación rusa carecía de los requisitos previos necesarios ( condiciones) para la regulación del derecho privado. Baste decir que la ley simplemente no conocía la categoría de los derechos de propiedad, y este "derecho" en sí mismo estaba sujeto a tales restricciones legales públicas, lo que dio "una razón para pensar que un concepto abstracto de derecho de propiedad no existía en nuestro país". país antes de Catalina II ” , en el que apareció por primera vez en la legislación nacional. Pero incluso a finales del siglo XVIII, los derechos de propiedad seguían siendo considerados por la ley como un privilegio especial para la nobleza. Solo después de las reformas liberales de Alejandro II, implementadas ya en la segunda mitad del siglo XIX, la propiedad privada, al dejar de ser un privilegio, se convirtió en "la norma legal general de toda la población: el interés estatal, tan notorio incluso en el primeras ediciones del código, se sustituye por el predominio de los derechos plenos en las relaciones civiles " .- "Derecho civil" , serie "Libro de texto universitario clásico"
Historia del derecho ruso. La Rusia de Kiev: Ruskaia Pravda y derecho bizantino. Los tiempos históricos se inician en Rusia a fines del siglo IX, cuando una tribu llegada aparentemente de Escandinavia, los varegos, dirigida por su jefe Riurik estableció en el año 862 su dominación sobre la Rusia de Kiev. El Estado que así se creó duró hasta 1236, año en el cual los mongoles lo destruyeron. El acontecimiento más importante de su historia fue, en el año de 989, su conversión al cristianismo, bajo el reinado de San Vladimiro. Al igual que en el Occidente, surge en aquel momento la necesidad de redactar las costumbres, con el propósito principal de que la Iglesia pudiera penetrar en ellas a través del poder mágico de la escritura. Las costumbres rusas de la región de Kiev se redactaron en la primera mitad del siglo XI; estas compilaciones contienen numerosas variantes expuestas desde esa fecha hasta el siglo XIV en la Ruskaia Pravda1 (periódico oficial del derecho ruso). Estas compilaciones se redactaron en eslavo, y dibujan una sociedad, en términos generales, más evolucionada que la de las tribus germánicas o escandinavas en la época en que fueron redactadas las “leyes bárbaras”. El derecho que es descrito tiene un carácter territorial y no tribal, y las disposiciones que comprende anuncian en muchos aspectos el régimen feudal. Paralelamente al derecho consuetudinario doméstico expuesto en la Ruskaia Pravda, el derecho bizantino desempeña una función primordial en la Rusia de Kiev. La Iglesia, que se encuentra gobernada en Occidente conforme a las leyes romanas, en Rusia se rige por el derecho bizantino, expresado por los nomocánones que unifican en su reglamentación el derecho civil (la sociedad civil) y el derecho canónico.2 Lo anterior evidencia la gran importancia del derecho bizantino en la Rusia de Kiev: la Iglesia lo hace valer directamente a los clérigos y en los bienes raíces que le pertenecen en propiedad que es donde ejerce su jurisdicción; extiende por otra parte su aplicación mediante el arbitraje y a través de diversas infiltraciones en la redacción de las compilaciones de derecho regional consuetudinario. La dominación mongol. Un segundo periodo se inicia en 1236 en la historia de Rusia con el establecimiento de la dominación mongol (que se conoce como la Horda de Oro). Esta dominación no acabaría sino hasta 1480, bajo el reinado de Iván III y después de una guerra de liberación que duró cerca de cien años; sus consecuencias políticas se pueden percibir todavía en la actualidad. Una de ellas es el predominio de Moscú sobre Kiev y otra, el aislamiento de Rusia de Occidente; este aislamiento perduró aun cuando Rusia reconquistó posteriormente su independencia. Rusia se encontraba en esa época alejada de sus vecinos occidentales debido a su fe ortodoxa. Es necesario tener presente que el cisma con la Iglesia de Roma se consumó desde el año de 1056. El Imperio de Bizancio dejó de existir. Rusia, que recobra su independencia, se encontraba aislada y se abrogó el título de la “tercera Roma”, y su auto proclamó ser la heredera de Bizancio en la cruzada por la verdadera fe. Desde un punto de vista estrictamente jurídico y con abstracción de su duración, el balance de la dominación mongol en la antigua Rusia, es más negativo que positivo. Se puede sostener que técnicamente la costumbre mongol (que se conocía como yazak) nunca le fue impuesta a los rusos y muy poco influenció en el derecho ruso. La dominación de los mongoles fue una causa de estancamiento en la evolución del derecho y por el agrupamiento de los fieles en torno a sus pastores religiosos, una causa del desarrollo de la influencia del clero y del derecho bizantino. El Código de 1649. Un tercer periodo, en la historia de Rusia y del derecho ruso, empieza con el ocaso de la dominación mongol y termina en 1689, con la llegada al trono de Pedro el Grande. Ensimismada, Rusia se sometió al régimen despótico de los zares para refugiarse de la anarquía y preservar su independencia frente a las agresiones que provenían del Oeste; el vasallaje se introdujo formalmente en 1591. La misma Iglesia Ortodoxa, privada de todo apoyo exterior, había quedado subordinada a los designios del zar. Se impuso la convicción de la omnipotencia de los gobernantes, cuya fantasía tenía fuerza de ley. La diferencia conceptual entre policía, administración de justicia y administración pública estaba totalmente desdibujada en un régimen dominado por una adhesión a la rutina a la costumbre, sujeta a los imprevistos de la arbitrariedad ocasional del zar, de los señores feudales o de los administradores locales. No era posible poder identificar ningún esfuerzo sistemático por parte de los zares para reformar la sociedad rusa; al respecto se puede citar a lo sumo un esfuerzo precario de reorganización de la administración de justicia, que se realizaron mediante la redacción de los Libros de justicia (conocidos como Sudebnik) publicados en los años de 1497 y de 1550. Las obras jurídicas más relevantes para la historia del derecho de este periodo son unas compilaciones cuya aspiración era publicar nuevas ediciones actualizadas, de la Ruskaia Pravda y del derecho bizantino (conocidas como la Kormtchaia). La obra jurídica realizada al respecto bajo el reinado del segundo zar de la dinastía de los Románov, Alejo Mijáilovich, es de suma importancia. Por iniciativa de este soberano, se realizó una obra de consolidación tanto del derecho laico, como del derecho canónico de Rusia. El primero encuentra su expresión en el Código de Alejo Mijáilovich (conocido como Sobornoe Ulojenie) de 1649 que consta de 25 capítulos y 903 artículos. El segundo se publica en 1653 en una edición oficial de la Kormtchaia que substituyó una obra precedente realizada en los “Cien Capítulos” (conocida como Stoglav) de Iván el Terrible (1551). Pedro el Grande y sus sucesores. El cuarto periodo de la historia jurídica de Rusia se inició en 1689 con la llegada al trono de Pedro el Grande y se cierra en 1917 con la Revolución bolchevique. Rusia vuelve a entrar en contacto con el Occidente. Pedro el Grande y sus sucesores la dotan de una administración pública de modelo occidental; sus esfuerzos empero, no trascendieron al derecho privado, por lo que no fueron de gran profundidad. El pueblo ruso siguió viviendo de acuerdo a sus costumbres; únicamente adoptó una administración pública más eficiente y a cuya voluntad estaba acostumbrado a someterse. Los dos grandes soberanos rusos del siglo XVIII, Pedro Primero el Grande y Catalina II, fracasaron ambos en su proyecto de revisar el Código de Alejo II para adaptar en Rusia, en el caso de Pedro Primero, un código de inspiración sueca y en el caso de Catalina II, un código conforme a las doctrinas de la Escuela del derecho natural. El gran movimiento de modernización del derecho ruso, inspirado en el modelo francés. La ruptura con Napoleón I y la reacción negativa que ésta desencadenó en Rusia, provocaron que, bajo el reinado del tsar Nicolás I, se llegara a una nueva consolidación, más que a la codificación y modernización del derecho ruso. El cuerpo de las leyes rusas formulado en 1832 se conoció bajo el nombre de Svod Zakonov; estaba compuesto de cuarenta y dos mil artículos, que llegaron a totalizar cerca de cien mil en las ediciones sucesivas, distribuidos en ocho secciones que constituyen quince volúmenes; las dos terceras partes de esos artículos estuvieron dedicados al derecho público. Por su contenido ecléctico, su método casuístico y su espíritu que prevaleció, el Svod Zakonov estuvo más próximo al Allgemeines Landerecht prusiano de 1794, que a la codificación napoleónica. El tsar Nicolás I prescribió que se ordenaran y presentaran las leyes rusas en forma sistemática pero sin modificación alguna de su contenido. El conde Speranski a quien correspondió el mérito de esta compilación no acató las instrucciones recibidas literalmente. Se puede sostener de manera general, empero, que de la Ruskaia Pravda, al Código de 1649, y del Código de 1649 al Svod Zakonov, la constante fue siempre una obra de consolidación, pero nunca una obra global de reforma y de modernización.3 Ningún movimiento liberal y de reforma puede ser identificado en la evolución del derecho ruso, sino hasta la segunda mitad del siglo XIX, bajo el reinado del tsar Alejandro II. Este movimiento estuvo caracterizado principalmente por la abolición del vasallaje (1861) y una reforma de la organización judicial (1864) que le dio a Rusia un código penal (publicado en 1855 y revisado posteriormente en 1903). No obstante el enorme esfuerzo que significó haber elaborado un proyecto de Código Civil, nunca se llegó a promulgar ningún Código Civil. Tal era la situación que prevalecía en 1917 en el advenimiento del régimen bolchevique, pero cuyos elementos importa subrayar. Pertenencia de Rusia a la familia romano-germánica. En primer término, la ciencia del derecho en Rusia tomó como modelos el derecho bizantino —es decir en el derecho romano— y de los Estados de Europa continental pertenecientes al sistema romanista. Existen sin discusión costumbres y ordenamientos rusos pero, al igual que en Francia y Alemania en el siglo XVII, en Rusia no hay otra ciencia del derecho que la ciecia de los romanistas. Las categorías del derecho ruso son en consecuencia fundamentalmente las mismas del derecho romanista. La concepción del derecho que se desarrolla en las universidades y en los juristas rusos es la concepción romanista. El hecho que el derecho ruso se encontrase contenido en una compilación de orden casuística, no precluye que el jurista ruso haya concebido al derecho con una naturaleza jurisprudencial; al igual que sus homólogos alemanes o franceses, el jurista ruso concibió a la regla de derecho, como una regla de conducta prescrita a los individuos y cuya formulación incumbe a la doctrina o el legislador, y no al juez. Si Rusia no contaba en su acervo legislativo con códigos a semejanza de otros países de Europa continental, estaba presta para tener códigos. Debilidad de la tradición jurídica rusa. Otro aspecto que no debe ser soslayado, es la debilidad de la tradición jurídica y de la percepción del derecho en Rusia.4 La gravedad no se encontraba tanto en el rezago jurídico del derecho ruso, ni en su falta de habilidad en la consecución de la codificación, sino en la diferencia de actitud respecto al sistema de derecho, que provenía de épocas pretéritas diferentes, entre el pueblo ruso y los otros pueblos europeos. En toda Europa continental y también en Inglaterra, se llegó a considerar al derecho como un complemento natural de la moral y uno de los pilares fundamentales de la sociedad. Esta percepción no se desarrolló en Rusia. Hasta épocas recientes, no hubo juristas en Rusia: la primera universidad rusa, la de Moscú, se creó hasta 1755; la universidad de San Petersburgo se creó hasta 1802; y no fue sino hasta la segunda mitad del siglo XIX cuando emergió una literatura jurídica rusa y rusa y una reforma judicial de 1864 para que se organizara el primer colegio de abogados y que la carrera de magistrado y la carrera administrativa pudieran estar sometidas a regímenes diferentes. Existía una gran confusión entre las funciones de policía, de administración de justicia y de la administración pública. El derecho escrito ruso era, por otra parte, totalmente ajeno a la conciencia popular. El derecho era esencialmente un derecho administrativo; la parte de derecho privado que contenía un “derecho de las ciudades” para uso exclusivo de los comerciantes y de la burguesía. La gran masa campesina lo ignoraba y aún actualmente sigue rigiendo su conducta conforme a sus costumbres; los campesinos únicamanente reconocen un solo régimen de propiedad familiar (dvor) o comunal (mir) al margen del régimen de propiedad individual regulada por la ley; para los campesinos la justicia estaba y está representada por la equidad, tal y como era administrada por el tribunal del volost, compuesto de juzgadores elegidos que no eran juristas; el tribunal del volost dependía del Ministerio del Interior y no del Ministerio de Justicia. El derecho de los juristas no se fundamentaba, como sucede en los otros países de Europa, en la conciencia popular o en la tradición; el derecho ruso se constituía por disposiciones legislativas, que provenían del criterio arbitrario de un soberano autócrata o de privilegios de la burguesía. El mismo soberano se encontraba por encima de la ley; la ley se identificaba como su voluntad: princeps legibus solutus. Los juristas eran servidores del tsar y del Estado, más que del derecho; no existía entre ellos una convicción de cuerpo colegiado. La unidad del pueblo ruso no se fundamentaba en el derecho. Los escritores de los países occidentales pueden llegar a ridiculizar a la justicia y a los juristas, hacer escarnio de sus defectos, pero ninguno de ellos llegaría a imaginar que la sociedad pudiera sobrevivir sin tribunales de Justicia y sin sistema de derecho. Ubi societas, ibi jus. No es de sorprenderse que la percepción contraria prevaleciera en Rusia. Al igual que San Agustín, Leon Tolstói anhelaba la desaparición del derecho e impulsaba el advenimiento de una sociedad basada en la caridad cristiana y el amor. El ideal marxista de una sociedad comunista fraterna encuentra sus raíces profundas en el sentimiento moral y religioso del pueblo ruso. NOTAS Nomocánones Nomocánones es el nombre dado en la Iglesia oriental a las normas eclesiásticas. Nomoi, por otro lado, designa las leyes seculares y especialmente las imperiales. Los cánones griegos fueron arreglados al principio cronológicamente, en colecciones especiales, pero fueron luego dispuestos sistemáticamente por conveniencia práctica, bajo cincuenta títulos, entre otros por Johannes Scholasticus. Las regulaciones y normas seculares se recopilaron en varias colecciones, parcialmente privadas y parcialmente oficiales, especialmente en el código de Justiniano, la colección de Novellæ y más tarde en las basilicanas. Con el gran número de regulaciones imperiales se hizo evidente la necesidad de hacer una colección especial sobre los asuntos eclesiásticos. Poco después de la muerte de Justiniano un arreglo y combinación sistemático se comenzó para los cánones y aquellas nomoi que tenían que ver con asuntos eclesiásticos, usándose el nombre Nomocanon para esta colección. No mucho después de la muerte de Johannes Scholasticus tal colección se hizo a partir de su codificación en cincuenta capítulos, de la mencionada Novellæ en ochenta y siete capítulos y de otras fuentes, siendo posteriormente elaborada, aumentada y perfeccionada. De mucha mayor importancia y difusión fue otro monocanon de catorce títulos que durante largo tiempo se atribuyó a Focio. La colección original pertenece al siglo VII. En 883 la obra se terminó, pero no por Focio, a quien fue atribuida por una declaración de Balsamon. En el gran sínodo de Constantinopla en 920 fue declarada vinculante para toda la Iglesia. En el siglo XI este nomocanon se revisó de nuevo, siendo aumentado. El comentario más importante sobre el nomocanon lo compuso Theodoros Balsamon entre 1169 y 1177. Aunque este nomocanon fue tenido en alta estima y se difundió grandemente, pronto se hizo necesario un arreglo más conveniente del contenido; el Syntagma de Mattheus Blastares, en 1335, suplió esta necesidad y puede ser contado entre los nomocánones, aunque no lleva tal nombre. Consiste de 303 títulos que están arreglados alfabéticamente, según los nombres de sus normas; como regla primero vienen las regulaciones canónicas y luego las nomoi; sin embargo, bajo algunos títulos, hay solo kanones, bajo otros solo nomoi. Esta obra (impresa en W. Beveridge, Synodicon, volumen ii, parte ii, Oxford, 1672) ha tenido amplia circulación en el oriente y fue, con el nomocanon de catorce títulos, el manual general del clero. El gran número de manuscritos, incluso de tiempos posteriores, demuestra que ambas obras preservaron su reputación entre los griegos incluso bajo dominio turco. Otro nomocanon estuvo muy en uso según numerosas copias existentes, siendo compilado en 1561 por Manuel Malaxos, notario de Tebas. En la Iglesia rusa hay en uso, aun hasta tiempos actuales, una colección frecuentemente publicada, empleada también en los tribunales seculares y que lleva el nombre de Kormitshaia Kniga, 'Libro del piloto'; entre otras regulaciones contiene también un nomocanon de catorce títulos. La primera compilación de esta colección se refiere a los trabajos del arzobispo serbio Sava, de comienzos del siglo XIII. Desde Serbia la colección llegó a Bulgaria y de ahí a Rusia a solicitud del metropolitano Cirilo II, donde fue reconocida como colección oficial en un sínodo celebrado en Vladimir en 1274. En 1630 se publicó por vez primera. Además de la Kormitshaia, se usó en la Iglesia serbia el Syntagma de Blastares, empleándose también en Bulgaria. En Rusia en el siglo XIX, se formó una colección más conocida como Kniga pravil; se usó en relación con la Kormitshaia, y en Serbia, además de esta última, se usa una edición privada de Zbornik (Zara, 1884; 2ª edición, Neusatz, 1886), que contiene también el monocanon de catorce títulos. En Moldavia, lo mismo que en Valaquia, esas antiguas colecciones fueron anteriormente de uso general, especialmente el Syntagma de Blastares, hasta que, en la primera parte del siglo XVII, los moldavos formaron su propia codificación canónica en su propia lengua. El primero (1632) es una traducción del nomocanon de Manuel Malaxos. Otra codificación apareció en 1652 y es llamada Pravila cea mare o Indreptarea legji. Esta colección, de la que Peter Dobra en 1772 hizo una traducción latina, constituyó la colección oficial de la Iglesia ortodoxa rumana. Además de las obras ya mencionadas hay muchas colecciones bajo los nombres de Nomocánones, Kanonaria, Nomima, que contienen cánones solo, y no normas canónicas y seculares. A las primeras pertenecen, entre otras, los Nomocanon Doxopatris y la colección de Nicodemus y Agapius (1793) llamada Pedalion, 'El timón', que en el momento actual es la colección de uso oficial en la Iglesia ortodoxa. 1 Véase Ruskaia Pravda, cf. L. K. Gotz, Das russische Recht, Zeitschrift vergleichende Rechtswissenschaft, vol. 26, 1991, pp. 161-426; D. H. Kaiser, The Growth of Law in Medieval Russia, 1980. 2 Los nomocánones, traducidos al eslavo en el siglo XIII, se les conocen bajo el nombre genérico de Kormcaia (Guía). Sobre los nomocánones bizantinos, cf. J. Mortreuil, Histoire du droit byzantin ou du droit romain dans l’Empire d’Orient, depuis la mort de Justinien jusqu’à la prise de Constantinople en 1453, 8 vol., 1843-1846. 3 N.D. Renaud, The Legal Force of the 1832 Svod Zakonov, Sudebnik II, 1997, pp. 83-124. 4 S. Kucherov, Courts, Lawyers and Trials under the last three tsars, 1953; H. Berman, Justice in Russia, an Interpretation of Soviet Law, 1950; W. E. Butler, Russian Law, 1999, p. 28. |
Anatole Leroy Beaulieu
El imperio de los zares y los rusos.
Anatole Leroy-Beaulieu
L’Empire des tsars et les Russes
CAPÍTULO I Ley rusa y ley. — El Svod o código. — Complejidad de las leyes. — La antigua justicia rusa y la corrupción de los tribunales. — La Reforma del Emperador Alejandro II. — Sus modelos, sus características generales. En todo Estado, absoluto o constitucional, monárquico o republicano, la mejor garantía de los ciudadanos o súbditos es la buena justicia. Sin justicia se puede decir que no hay verdadera libertad, y con ella me atrevería a decir que no hay más despotismo real, al menos no más tiranía. En cualquier país, monárquico o democrático, las leyes y los jueces, las leyes fijas y los jueces independientes, son la única barrera eficaz contra los excesos del poder soberano, contra la arbitrariedad del príncipe o del pueblo, contra las pasiones o los caprichos de sus agentes. Con leyes y tribunales que protegen los bienes, el honor, la vida de los habitantes, la primera de las libertades, la libertad personal, es entera, la vida privada se sustrae a las usurpaciones de la autoridad pública. Rusia ha tenido leyes durante mucho tiempo; El emperador Alejandro II le dio tribunales que, después del reinado de la arbitrariedad y la corrupción, tenían la misión de hacer realidad el reino de la ley. La autocracia rusa no podía dotar al país de instituciones judiciales libres sinlimitarse prácticamente a sí mismo, imponiendo límites al poder de sus representantes. Habrá que examinar cómo y en qué medida se ha cumplido este papel emancipador de la justicia, qué garantías ofrecen los nuevos tribunales a la libertad de los 100 millones de súbditos del zar. De todas las reformas del emperador Alejandro II, la reforma judicial es, en este sentido, la más considerable, la que iba a tener mayor influencia en la moral y la vida social, en el país y en el poder. Difícilmente cede en importancia a la emancipación de los siervos, pues concierne por igual a todas las clases de la nación que debía liberar del yugo de la arbitrariedad, la violencia y la corrupción. Sin ella, todas las demás reformas, comenzando por la emancipación, podrían haberse vuelto ilusorias, quedando para el pueblo un adorno inútil y vano. En un imperio entregado durante siglos a la venalidad, a la intriga, a la prepotencia del rango o del dinero, sólo la reforma de la justicia podía hacer de las demás una verdad. Por lo tanto, los nuevos tribunales merecen, no menos que los zemstvos, Entre los pueblos libres puede que no sea imposible tener una buena justicia sin tener buenas leyes. No puede ser lo mismo bajo gobiernos absolutos cuyos agentes se inclinan demasiado a menudo a considerar la ley como un arsenal destinado a proporcionar armas para sus odios o sus codicias. Ahora bien, en Rusia, los vicios de los jueces y de los tribunales se han agravado durante mucho tiempo por los defectos de la legislación, por la multiplicidad y confusión de las leyes. Los edictos, oukazes, estatutos, reglamentos de todo tipo eran innumerables y sin orden. El mejor jurista se habría pasado la mitad de su vida estudiando la ley sin dominarla del todo. La mayoría de los jueces lo desconocían, y los que lo sabían lo usaban según sus pasiones o su codicia. Leyes que, porel mismo caso, podía aportar dos o tres soluciones, fomentadas singularmente la venalidad y la tiranía. Esta legislación, oscura e inextricable, presentaba la apariencia de un denso bosque en el que los jueces tenían dificultades para orientarse, y donde el litigante quedaba a merced de los abogados que lo exigían rescate. En este sentido, la legislación rusa no se diferenciaba de la legislación inglesa, también se componía de fragmentos, de actos del parlamento y ordenanzas reales, de leyes antiguas, caídas en desuso, sin ser abrogadas formalmente, y leyes nuevas de espíritu opuesto, todo ello complicado con decisiones complementarias, modificaciones, excepciones de todo tipo; pero, gracias a la moral y al espíritu público, esta semejanza entre las dos leyes tuvo efectos muy diferentes en los dos países. La discordancia o indecisión de las leyes que, en Inglaterra, a menudo se ha redundado en beneficio de la libertad y seguridad de los ciudadanos, generalmente se ha convertido, en Rusia, en beneficio de la arbitrariedad y la corrupción.[1] . No son las leyes las que le han fallado a Rusia. A pesar del testimonio de algunos viajeros antiguos, Moscovia fue poseída tempranamente por leyes escritas [2] . La Rusia de los varegos tenía, desde el siglo X, en la Rousskaïa pravda ( ley rusa ) de Yaroslaf, un código semibárbaro, que recuerda las legislaciones escandinavas de la misma época. El zarato de Moscú tenía el sodebnik o justiciero de Iván III e Iván IV quienes, una vez conseguida la unidad moscovita, sustituyeron por un único código las leyes o costumbres particulares de los distintos appanages. Después de los grandes disturbios de finales del siglo XVI, el segundo de los Romanof, el zar Alexis, padre de Pedro el Grande, había publicado, bajo el nombre de Oulogénié zakonof ) una colecciónleyes que desde entonces siguen siendo la base de la legislación rusa. La influencia europea llegó en esta época para obstaculizar el desarrollo de la legislación nacional. En las antiguas leyes moscovitas se injertaron, bajo Pedro el Grande y sus sucesores, leyes copiadas o imitadas de los códigos y costumbres de Occidente. En su legislación como en todas sus instituciones, Rusia se ha disputado así entre dos tendencias, entre dos mentes diferentes, y la ley rusa ha perdido toda unidad, toda homogeneidad. En lugar de sustituir la Ulogenia de los primeros Romanofs por un código nuevo y sistemático, los sucesores de Alexis Mikhailovich se contentaron con aumentar o modificar las leyes existentes mediante ukazes ocasionales y accidentales, a menudo desconsiderados y contradictorios. A fuerza de acumular ordenanzas sobre ordenanzas y reglamentos sobre reglamentos, los soberanos del siglo XVIII habían hecho de la legislación un verdadero caos. A Pedro el Grande le hubiera gustado dotar a Rusia de un código regular, tomando como base las leyes suecas: sus guerras, sus viajes, sus muchas reformas no le dejaron tiempo para esto. Cuando murió, solo había acumulado edictos y reglamentos, tomando prestadas leyes dispares de los códigos de Europa, ajenas a las costumbres de sus súbditos, a menudo informando y abrogando él mismo sus propios ukazes, siempre partiendo de una manera aislada y fragmentaria, por modificaciones parciales, según las necesidades o las inspiraciones del momento, contradiciéndose a veces a sí misma a breves intervalos, como si, en su fiebre de innovaciones, hubiera olvidado sus propias leyes. los soberanos del siglo XVIII habían hecho de la legislación un verdadero caos. A Pedro el Grande le hubiera gustado dotar a Rusia de un código regular, tomando como base las leyes suecas: sus guerras, sus viajes, sus muchas reformas no le dejaron tiempo para esto. Cuando murió, solo había acumulado edictos y reglamentos, tomando prestadas leyes dispares de los códigos de Europa, ajenas a las costumbres de sus súbditos, a menudo informando y abrogando él mismo sus propios ukazes, siempre partiendo de una manera aislada y fragmentaria, por modificaciones parciales, según las necesidades o las inspiraciones del momento, contradiciéndose a veces a sí misma a breves intervalos, como si, en su fiebre de innovaciones, hubiera olvidado sus propias leyes. los soberanos del siglo XVIII habían hecho de la legislación un verdadero caos. A Pedro el Grande le hubiera gustado dotar a Rusia de un código regular, tomando como base las leyes suecas: sus guerras, sus viajes, sus muchas reformas no le dejaron tiempo para esto. Cuando murió, solo había acumulado edictos y reglamentos, tomando prestadas leyes dispares de los códigos de Europa, ajenas a las costumbres de sus súbditos, a menudo informando y abrogando él mismo sus propios ukazes, siempre partiendo de una manera aislada y fragmentaria, por modificaciones parciales, según las necesidades o las inspiraciones del momento, contradiciéndose a veces a sí misma a breves intervalos, como si, en su fiebre de innovaciones, hubiera olvidado sus propias leyes. tomando como base las leyes suecas: sus guerras, sus viajes, sus múltiples reformas no le dejaban tiempo. Cuando murió, solo había acumulado edictos y reglamentos, tomando prestadas leyes dispares de los códigos de Europa, ajenas a las costumbres de sus súbditos, a menudo informando y abrogando él mismo sus propios ukazes, siempre partiendo de una manera aislada y fragmentaria, por modificaciones parciales, según las necesidades o las inspiraciones del momento, contradiciéndose a veces a sí misma a breves intervalos, como si, en su fiebre de innovaciones, hubiera olvidado sus propias leyes. tomando como base las leyes suecas: sus guerras, sus viajes, sus múltiples reformas no le dejaban tiempo. Cuando murió, solo había acumulado edictos y reglamentos, tomando prestadas leyes dispares de los códigos de Europa, ajenas a las costumbres de sus súbditos, a menudo informando y abrogando él mismo sus propios ukazes, siempre partiendo de una manera aislada y fragmentaria, por modificaciones parciales, según las necesidades o las inspiraciones del momento, contradiciéndose a veces a sí misma a breves intervalos, como si, en su fiebre de innovaciones, hubiera olvidado sus propias leyes. Los sucesores de Pedro siguieron el mismo método desordenado, a veces para continuar, a veces para deshacer la obra del reformador. Ningún Estado, como hemos dicho , ha cometido un mayor abuso de legislación . La razón es simple. La ley escrita, según la observación de un pensador contemporáneo, "es la autoridad habitualmente empleada por los modernos para modificar el impulso dado por las costumbres y costumbres [4] ". El gobierno ruso, que durante casi dos siglos se esforzó laboriosamente por transformar las costumbres de sus súbditos, no dejó de hacer uso de este instrumento, usándolo erróneamente y sin razón. Bajo el nombre de leyes, Rusia termina poseyendo sólo una masa informe de estatutos, ordenanzas, por lo tanto kazes, edictos incoherentes. Cada soberano reelaboró y derogó la legislación sin escrúpulos; cada reinado cuestionaba tanto las leyes como las instituciones del reinado anterior, de modo que, bajo esta perpetua movilidad, la noción misma de derecho parecía desaparecer. En verdad, era difícil dar tal nombre a una masa de órdenes y contraórdenes, de decisiones opuestas y juicios contradictorios, constantemente modificadas y abrogadas unas por otras. Una legislación tan confusa exigía urgentemente la codificación, pero la tarea se hacía más difícil cuanto más necesaria se hacía. Catalina II alimenta el proyecto; quizás fue más capaz de esto que cualquiera de sus predecesores o sucesores, ya que generalmente aportó a sus leyes un espíritu de coherencia, generalmente ajeno al legislador ruso. Fue para preparar la redacción de un código que en 1767 la zarina reunió en Moscú a los representantes de todas las provincias, de todas las clases, de todas las razas y religiones del imperio. Las guerras de Turquía y Polonia apartaron a la Emperatriz de esta gran obra; pero, en su famosa instrucción para la elaboración del nuevo código, Catalina II había establecido oficialmente principios de derecho, axiomas de justicia que, bajo tal patrocinio, no quedó estéril. Los proyectos de codificación, retomados bajo el emperador Alejandro Ier , solo fueron ejecutados bajo su hermano, con la ayuda de Speransky. El emperador Nicolás es así el Justiniano de Rusia, y Speransky, el hijo de un papa, es el Triboniano. Para tal trabajo, Nicolás, como Catalina, tuvo que elegir entre dos métodos, entre la redacción de un código homogéneo y racional, como nuestro código de Napoleón, y el simple ensamblaje y clasificación de las innumerables leyes existentes. El emperador Nicolás se limitó a la tarea más fácil, sin atreverse a aspirar a la gloria a la que a su vez aspiraban Catalina y Alejandro I. Era quizás el camino más sabio; difícilmente se podría poner a Rusia en posesión de un código nuevo y definitivo, antes de que la emancipación de los siervos hubiera renovado su rostro . La colección de leyes, recopilada por Spéranski por orden del emperador Nicolás ( Sobranié zakonof ), forma cuarenta y cinco volúmenes en cuarto donde las leyes del imperio están ordenadas en orden cronológico, comenzando con Oulogénié du Tsar Alexis. Estas leyes frecuentemente conflictivas se condensan y coordinan sistemáticamente en una especie de Suma de la ley rusa llamada Svod zakonof , que toma el lugar de un código y es el único de uso habitual. El Svoden sí está lejos de formar un código regular y simétrico como nuestro código de Napoleón. Es sólo una recopilación de leyes de varios períodos y de diferentes inspiraciones, una yuxtaposición de edictos y ordenanzas, demasiado a menudo sin coherencia ni armonía. Cualesquiera que sean sus fallas, este código provisional ha traído cierta unidad a la legislación rusa; si el estudio sigue siendo doloroso, al menos es posible. El Svod incluye más de 60.000 artículos, distribuidos en más de 1500 capítulos; forma quince grandes volúmenes en los que se clasifican las leyes por orden de materias. El tomo I , por ejemplo, contiene las leyes civiles, el tomo XV las leyes penales. Ningúnde estos volúmenes no ofreció nada definitivo; además, a pesar de su origen relativamente reciente, algunos ya han sido revisados varias veces, completados por suplementos o sustituidos por nuevas colecciones [6]. Este voluminoso código está, además, lejos de comprender todas las leyes del imperio: hay en ciertas provincias, para ciertas materias civiles o religiosas, toda una legislación especial que debe buscarse en otra parte. Así que no es fácil aún hoy reconocerse en este caos. Ciertas ramas de la legislación, por ejemplo la que afecta a los judíos, siguen siendo un verdadero laberinto. Hay que ser un experto para no perderse. En resumen, las leyes han quedado muchas veces tan confusas y complicadas que el país no sabe realmente lo que se le promete cuando se le hace esperar el reinado de las leyes [7] . El gobierno imperial comprende las desventajas de esta complicación de las leyes; por lo que no ha renunciado a proporcionar a Rusia códigos regulares y sistemáticos análogos a nuestro código de Napoleón. Alejandro II había emprendido, hacia el final de su reinado, la redacción de un nuevo código penal, cuya finalización legó a su sucesor. Alejandro III, en 1882, encargó a una comisión que redactara un proyecto de código civil; pero está ahí, por las leyeslos civiles en particular, una tarea a largo plazo que no se puede lograr en unos pocos años. Un imperio autocrático puede tener un código, pero ¿puede tener leyes fijas y dignas? La pregunta puede parecer dudosa. En un estado donde el monarca es la ley viva, la legislación parece un libro siempre abierto donde el soberano, sin estar obligado por sus decisiones del día anterior, puede entrar o borrar tal o cual página como le plazca. La idea de fijeza, de permanencia, parece difícil de conciliar con este poder de alterarlo todo, de regularlo todo por oukaze. A veces se ha dicho que al reconocer el derecho del soberano a modificarlos a voluntad, el primer artículo del código ruso derogaba todos los demás. Donde la autoridad suprema es legalmente capaz de exceder los límites de la ley, puede sostenerse que no puede haber leyes. Para Rusia, sin embargo, esto sería ahora una exageración singular. No siempre existe en las instituciones humanas una lógica tal que sea necesario llevar hasta las últimas consecuencias los principios más establecidos de un gobierno. En Rusia, el soberano está por encima de la ley o, mejor dicho, es la fuente de la ley, que brota enteramente de su voluntad; pero, en la práctica, la ley no puede modificarse sin ciertas formalidades, sin ciertos estudios, sin la participación de ciertos cuerpos constituidos, de modo que en este aspecto la situación de la Rusia moderna no es tan diferente de la de los otros estados de Europa como lo es. parece ser a primera vista. En derecho, toda legislación queda a merced de un ukaze, se resume enteramente en el viejo adagio, durante tanto tiempo enseñado en Occidente: en la práctica, la ley no puede cambiarse sin ciertas formalidades, sin ciertos estudios, sin la participación de ciertos órganos constituidos, por lo que a este respecto la situación de la Rusia moderna no es tan diferente de la de otros estados de Europa de lo que parece a primera vista. mirada. En derecho, toda legislación queda a merced de un ukaze, se resume enteramente en el viejo adagio, durante tanto tiempo enseñado en Occidente: en la práctica, la ley no puede cambiarse sin ciertas formalidades, sin ciertos estudios, sin la participación de ciertos órganos constituidos, por lo que a este respecto la situación de la Rusia moderna no es tan diferente de la de otros estados de Europa de lo que parece a primera vista. mirada. En derecho, toda legislación queda a merced de un ukaze, se resume enteramente en el viejo adagio, durante tanto tiempo enseñado en Occidente:Quod principi placuit, legis habet vigorem . De hecho, esta es una prerrogativa que, hoy en día, la autoridad imperial rara vez se siente tentada a usar, la cual tiene poco interés en usar, aparte de causas políticas, donde la misma forma de gobierno prohíbe cualquier garantía. Por lo demás, para el derecho civil y el derecho penal, la El poder del soberano sobre la legislación es básicamente sólo el poder, reconocido en todas partes, del legislador sobre la ley. Si el régimen autocrático, donde el poder legislativo se concentra en un solo hombre, ofrece a este respecto pocas garantías de fijeza, no es el único régimen sujeto a este grave inconveniente. La historia muestra con demasiados ejemplos que, en materia de derecho y estabilidad, el mismo reproche pueden merecer sistemas políticos muy diferentes. Con las leyes se necesitan jueces que, desde las páginas del código, lleven la ley a la vida real. La reforma de las cortes, reservadas al emperador Alejandro II, fue tan difícil como urgente. Al comienzo de su reinado, la justicia no era menos defectuosa que la administración; padecía los mismos males, y el gobierno había intentado en vano los mismos remedios. Los tribunales rusos operaban en la sombra y el silencio, lejos del público, lejos de los oídos de los litigantes o de los ojos de los acusados. Tanto en los procesos penales como en los civiles, el procedimiento era escrito y secreto. Los jueces comparecían únicamente para dictar sentencia o sentencia. Vale la pena señalar que fue bajo la influencia de Europa occidental, en la época de Alexis Mikhailovich y su hijo Pedro el Grande, que este procedimiento inquisitivo se introdujo en Moscovia. En Rusia, el efecto principal del procedimiento secreto había sido mantener el mal ruso, la venalidad. El tribunal, envuelto en tinieblas, se había convertido en una especie de puesto comercial donde se traficaba sin vergüenza con la propiedad y la libertad de los hombres. Los escribanos o procuradores ( striaptchi ), encargados de los intereses de las partes, eran poco más que intermediarios entre jueces y litigantes. Los premios estaban en subasta; las balanzas simbólicas de la justicia servían menos para sopesar derechos y títulos que los ofrecimientos y presentes de las partes. Con el procedimiento secreto, el imperio habría necesitado jueces ilustrados y honestos, y los magistrados rusos no estaban ni lo uno ni lo otro. Como la mayoría de los funcionarios públicos, la mayor parte de los jueces se encontraron con una remuneración demasiado baja para vivir honestamente de su salario; necesitaban ingresos complementarios, una baja. La opinión pública ya no se escandalizó; parecía justo que la bolsa de los litigantes mantuviera tribunales mal remunerados por el erario. Esto formaba parte de las costas judiciales que, en todos los países, corren a cargo de los litigantes. El juez honesto era el que recibía con las dos manos y de ambas partes sin vender sus decisiones a uno u otro. Gracias a tales hábitos, las cortes rusas dieron lugar a las aventuras más extrañas y las historias más sorprendentes. Citaré sólo uno, que creo que es auténtico. Un propietario tenía un pleito, su negocio era excelente, el juez que presidía era su amigo y, además, un hombre tan estimado como podía serlo un juez. El litigante no se atrevió, como siempre, a engrasar la pierna del magistrado, quien no dejaba de repetirle: "No se preocupe por nada, su caso no es dudoso". Llega el día en que el tribunal dicta su sentencia; nuestro casero está condenado. “Amigo mío, le dijo el juez al final de la audiencia, su caso es tan bueno que podemos dejarle a su adversario el gusto de ganar en primera instancia. Estás seguro de la llamada. » A esta venalidad de los tribunales, puesta por el procedimiento secreto fuera del control del público, el gobierno había aplicado desde Catalina II un remedio que se habría creído eficaz. La población local, la más interesada en la buena justicia, había sido instruida para que se designara como jueces o asesores de los tribunales a los hombres que más confianza les inspiraran [8] . La elección intervino aún más en la elección de magistrados que en la elección de administradores, pero sin más éxito en una esfera que en otra. Los jueces así nombrados, en su mayoría elegidos por la nobleza y tomados de entre ellos, eran por lo general pequeños propietarios necesitados, sin educación legal, sin competencia profesional. Estas funciones, por lo general poco consideradas y mal remuneradas, atraían hacia ellas sólo a hombres de poca consideración y de escaso valor. Con el procedimiento secreto, no podía haber un control serio por parte de los votantes sobre los funcionarios electos. Fue en vano que las elecciones se repitieran a breves intervalos, cada tres años. La mayoría de los jueces o asesores electos ni siquiera tuvieron tiempo de familiarizarse con sus funciones, sólo aprobaban las decisiones y refrendaban las sentencias de los jueces profesionales o de los secretarios judiciales. Todas estas instituciones de Catalina y sus sucesores, tan liberales en apariencia, son un ejemplo más de la poca eficacia práctica del régimen electivo, donde faltan la moral y el espíritu público. Para neutralizar la ignorancia y corrupción de los tribunales inferiores, el gobierno había pensado en multiplicar las instancias y con ellas los trámites y los escritos. Este era nuevamente un sistema de frenos y contrapesos ya empleados en la administración; no tiene mejor éxito para la magistratura que para la burocracia. Al multiplicar los trámites, solo alargamos el procedimiento y encarecimos la justicia además de hacerlo más lento. Había a veces hasta cinco o seis instancias sucesivas, en algunos casos incluso más, y tantos tribunales, tantos pasos que dar, tantos jueces que reconciliar, para las partes o para los acusados. En cada tribunal, los litigantes tenían que pagar una tasa peaje para obtener el derecho a anular. La duración del procedimiento era tal que la gente a menudo se resignaba menos a la lentitud de la justicia que a su corrupción. Los jueces estaban obligados por reglamentos de actas, que les obligaban a llevar registros, hasta el más mínimo detalle, del testimonio y de todos los hechos relacionados con el caso. El procedimiento escrito y formal fue así la consecuencia, el costoso y vano correctivo del procedimiento secreto. Los elementos de prueba se amontonaban y el creciente expediente de diligencias pendientes, sin que todo este amasijo de papeles y documentos, que iba a hacer más fácil y seguro el control, tuviera otro efecto que hacerlo más difícil e ilusorio. Los secretarios y escribanos, los secretarios de los juzgados, encargados de preparar el trabajo de los jueces y de examinar el valor de los documentos, fueron los únicos que no se perdieron en este laberinto de escritos, y la forma en que estos empleados, sin embargo poco escrupuloso que mal remunerado, Tal orden de cosas se entendió cuando millones de hombres fueron legalmente privados de toda justicia, y entregados, por ley, a la arbitrariedad de unos pocos miles de sus compatriotas. Ya no podía ser lo mismo después de la emancipación de la población rural. La justicia integral e independiente, que asegure la igual protección de todos, fue el complemento, si no el preludio indispensable, de la abrogación de la servidumbre. Según algunas de las mentes más competentes, la reforma judicial debió ser la primera en fecha, debió preceder a la emancipación, para que hubiera jueces que aplicaran la ley y decidieran entre el antiguo siervo y el antiguo señor [9] . El emperador Alejandro II tenía sobre todo prisa por hacer para quitar la mancha secular de la servidumbre, no se atrevió a intentar las dos grandes reformas simultáneamente. En verdad, uno era difícilmente más fácil que el otro. Tan pronto como se deseó mejorar la justicia, se reconoció que los tribunales existentes eran fundamentalmente defectuosos e irremediablemente viciados. Parecía imposible conservar algo del viejo edificio, o levantar algo sólido sobre los viejos cimientos; hubo que derribar todo y abandonar el uso de materiales antiguos. Vimos, en esta ocasión, de qué libertad goza el gobierno ruso en la realización de sus reformas. Hoy, como en tiempos de Pedro el Grande, este gobierno monárquico y tradicional, con un pasado secular a sus espaldas, aún puede proceder a grandes zarpazos, por el método revolucionario, destruyendo y arrasando las instituciones existentes, a fin de construir a gusto en terreno libre y en un plano nuevo. Es que en Rusia el poder no se ve obstaculizado por ninguna tradición, encadenado a ningún precedente, lo que lo convierte en maestro de innovar todo, de improvisar todo, de experimentar todo a su antojo, como el día después de una revolución que no hubiera dejado nada en pie. El reformador no encuentra ninguna de esas barreras que lo detienen en otros lugares al pie de instituciones viejas, defectuosas y caducas, pero consagradas por la edad, por el hábito o el prejuicio, por el respeto o el apego del pueblo. Aparte de la Iglesia ortodoxa y la comuna rural, la Rusia del siglo XIX no poseía ninguna institución que tuviera raíces vivas en las costumbres o los afectos del pueblo. A este respecto, el estado social de Rusia no se diferenciaba del suelo ruso; la nación ofreció al poder una superficie plana, unida y lisa sobre la que nada podía sostenerse por sí mismo, Ni las lecciones de la ciencia ni los consejos de la experiencia fallaron a los promotores de la reforma judicial. Para encontrar ejemplos y modelos, Rusia no tenía más que mirar más allá de sus fronteras, hacia ese Occidente, a veces tan desdeñado por sus publicistas y cuyas lecciones y dilatada experiencia pueden ahorrarle tanto ensayo y error, errores y desajustes. Se encargó a una comisión especial que estudiara la organización judicial de los países extranjeros, Francia e Inglaterra en particular. De los informes de esta comisión se extrajo y como se extrajo la nueva organización rusa, pues, en su libertad de hacer y probar todo, el gobierno de Petersburgo no ha puesto esta vez su orgullo en hacer algo nuevo. La reforma de sus cortes fue menos una creación original que una combinación y adaptación de varios elementos, casi todos prestados de los pueblos más avanzados de Europa. Esta filiación occidental de las nuevas instituciones judiciales ha servido, desde su origen, a menudo como un agravio contra ellas [10] . Hay, como sabemos, en Rusia, especialmente en Moscú, una especie de proteccionismo o prohibicionismo moral que teme en todas partes la invasión de ideas o productos de Occidente, y ya no disfruta de la importación de las leyes de Occidente. sólo alimentos extranjeros. También la publicación del nuevo estatuto judicial causó muchas decepciones en su época. The Den , el órgano de los eslavófilos, no ocultó su decepción [11]. Uno esperaba otra cosa, el día después de la emancipación y estatus de los campesinos donde el gobierno se había guiado por otros principios. Es porque estas dos reformas, emprendidas y ejecutadas en intervalos tan breves, fueron elaborado por diferentes comisiones, bajo diversas influencias. Por lo tanto, no hay motivo para sorprenderse de la frialdad de la acogida dada a los nuevos tribunales, en ciertos círculos, especialmente entre los redactores de la carta de emancipación, entonces en su mayor parte en desgracia [12]. Hay que admitir que entre la inspiración de estas dos obras, casi simultáneas, hay una discordancia manifiesta. La razón no es solo la falta de programa del zar reformador, ni la falta de influencia dominante bajo Alejandro II; está también en la diferencia entre las dos tareas impuestas a este desdichado príncipe. La constitución rural de Rusia le era tan peculiar que, al emancipar a los campesinos, no podía imitar mucho a Europa. Ocurrió lo contrario con las instituciones judiciales. Esta es una de esas áreas en las que los pueblos civilizados no tienen lugar para una gran variedad. La experiencia ha mostrado en todas partes las condiciones primarias para una buena justicia, y si Rusia a veces ha modelado sus modelos demasiado de cerca, Rusia, en todo y en los detalles de su sistema judicial, ha imitado a Francia e Inglaterra, tomando del uno un rasgo, del otro una línea; pero ella nocontenta con moldear lo mejor que pudo lo que así robaba en el extranjero, no sólo copió a aquellos a quienes podía considerar sus maestros, sino que volvió a las nociones abstractas en las que se habían inspirado sus modelos. Lo que el gobierno imperial ha tomado como regla son las máximas del derecho público europeo, los principios mismos de la justicia moderna. Si la reforma judicial fue la más ampliamente concebida y la más resueltamente realizada de todas las grandes reformas del emperador Alejandro II, es porque, en lugar de apoyarse en datos empíricos y en las conveniencias del momento, tiene una base racional; que descansa tanto en ideas generales, aceptadas por todos los pueblos modernos, como en la práctica de los Estados más civilizados. También, ¿Cuáles son estos principios que sirven de norma para la nueva organización de la justicia? Es ante todo la separación del poder judicial y el poder administrativo, la independencia de los magistrados y de los tribunales, desde el más bajo hasta el más alto. Es la igualdad de todos los súbditos del Zar ante la ley, sin distinción de nacimiento o rango, la supresión, ante los jueces, de las diferencias de clase o casta. Es la publicidad de la justicia con el procedimiento oral, los tribunales, hasta ahora cerrados a la luz, abiertos a plena luz del día para funcionar bajo el control de la opinión y la prensa. Finalmente, es la participación directa de la población en la justicia, aquí por el jurado, allá incluso por la elección de los jueces. Para nosotros. Para los occidentales, la mayoría de estos principios no son ni nuevos ni singulares; en Rusia, al dejar la servidumbre, despertaron mucho asombro, ira y miedo, despertaron la oposición de todas las influencias interesadas en el mantenimiento de la antiguacorrupción y vieja confusión. Tales máximas, de hecho, provocaron una verdadera revolución en la vida nacional: si siempre se hubieran mantenido y respetado en la práctica, habrían golpeado en el corazón el genio maligno del imperio, la arbitrariedad burocrática. Una innovación les pareció a los viejos chinovniks particularmente revolucionaria y perniciosa: fue la separación del dominio judicial del dominio administrativo, es decir, la emancipación de la justicia de toda interferencia del gobierno y sus funcionarios. Para todos los adeptos del pasado, esta división de poderes parecía ser el nerviosismo de la autoridad, desarmada por tanto frente a la sociedad. Y, desde su punto de vista, los agravios de estos pesimistas estaban justificados; la división de poderes es en todas partes la mejor garantía de su delimitación. Al cerrar el acceso al templo de la justicia a la administración y los funcionarios, la reforma restringió el hasta entonces ilimitado imperio del chinovismo y el clientelismo. Como la ley y mejor que la ley, la independencia de los tribunales era, para la autoridad y sus agentes, para la misma omnipotencia zariana, un límite y un freno. Al liberar a la justicia de la tutela de la administración, al prohibir toda injerencia en los tribunales, ¿no renunciaba implícitamente la autocracia a mantener todos los poderes en sus manos? Si retuvo en su integridad el poder legislativo y el poder ejecutivo, se despojó, en beneficio de la sociedad, del poder judicial; si, por nombramiento de los jueces, todavía conservaba una parte de ella, era para dejar su ejercicio a una autoridad cuya independencia reconocía. A partir de ese día, el imperio de los zares dejó de ser lo que Montesquieu llamaba un estado despótico, para convertirse en lo que él llamaba una monarquía. El soberano había renunciado, para sí y para sus agentes directos, a este antiguo derecho de la justicia, la más conveniente y la más terrible de las armas del despotismo. A partir de entonces, el monarca autocrático sólo aparecía en la cúspide de la más conveniente y la más terrible de las armas del despotismo. A partir de entonces, el monarca autocrático sólo aparecía en la cúspide de la más conveniente y la más terrible de las armas del despotismo. A partir de entonces, el monarca autocrático sólo aparecía en la cúspide deedificio judicial que como guardián supremo de la ley. Cela est si vrai que le gouvernement impérial n'a pu longtemps se résigner à ce rôle, si nouveau pour lui, et que, par des voies détournées ou des lois d'exception, il a été contraint de reprendre une partie des facultés ainsi abandonnées por él. Pensábamos que podíamos transportar la justicia europea de la nada al viejo suelo autocrático: habíamos olvidado que todas las instituciones se mantienen unidas, que los tribunales y el jurado de Europa no podían subsistir en su integridad junto a la arbitrariedad administrativa y la omnipotencia de la policía. El nuevo principio de la división de poderes, aunque sufrió graves derogaciones, iba a tener otra consecuencia igualmente importante para el país, igualmente odiosa al chinovnismo. La confusión de poderes estuvo acompañada antiguamente por la confusión de funciones, alentada por la jerarquía del tchine.. Antes de las reformas del emperador Alejandro II, no había jueces ni administradores profesionales en Rusia; sólo había tchinovniks de diferentes grados, que solían hacer todo al mismo tiempo o por turnos, pasando de una jurisdicción a otra sin mayor preparación o aptitud para el trabajo del día que para el del día anterior. Esta acumulación simultánea o sucesiva de las más diversas funciones sería reemplazada por el principio moderno de la especialidad de funciones y carreras. A partir de entonces, Rusia acudió a sus tribunales para ver sentarse a los jueces. Levantadas según los principios más rigurosos del derecho moderno, las instituciones judiciales de Rusia tienen una notable regularidad y una noble simetría. También es profundamente lamentable que alteraciones parciales llegaran a desfigurar el conjunto. De todas las construcciones de este tipo, pocas son las que tienen un trazado tan bello. Aunque el estilo puede haber sido tomado de varios países, la planta del edificio asegura una armonía innegable. Lo que hace que este plan sea único es la división de los servicios judiciales en dos secciones independientes entre sí, y que difieren tanto en el modo de designación de los jueces como en la extensión de la jurisdicción. Hay, como en muchos otros países, dos órdenes de tribunales, los jueces de paz y los tribunales ordinarios, uno limitado a casos pequeños cuya resolución requiere poco estudio legal, el otro que se ocupa de casos graves donde la fortuna, la libertad y la vida de los habitantes está en juego; pero en Rusia, en lugar de superponerse el uno al otro, estos dos jueces forman dos series paralelas, absolutamente distintas y teniendo cada uno sus tribunales de apelación como sus tribunales de primera instancia. Estas dos series aisladas sólo confluyen en su cumbre, en el Senado que, encargado de velar por el cumplimiento de la ley por los tribunales de toda clase,[13] . |
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La Cancillería de Su Majestad Imperial. ( ruso :Собственная Его Императорского Величества канцелярия, Собственная Е.И.В. канцелярия ) comenzó como cancillería personal de Pablo I y se convirtió en una oficina de gobierno, a cargo de conde de Arakchéyev, en 1815 y hasta la muerte de Alejandro I de Rusia . Bajo Nicolás I , la Cancillería se transformó en un gran cuerpo administrativo, igual con el Comité de Ministros y el Senado de Gobierno. Desde 1826, la Cancillería se dividió en varias secciones. La segunda sección. La segunda sección de la propia Cancillería de Su Majestad Imperial se formó el 4 de abril de 1826 para reemplazar a la Comisión Legislativa (1796-1826), que dependía del Consejo de Estado. La tarea principal del departamento era compilar el Código de Leyes del Imperio Ruso. En términos de su importancia, los departamentos de la cancillería imperial se equipararon con los ministerios. El trabajo de codificación en la Sección II se confió a los editores; ellos (u otros especialistas en el nombramiento de un gerente) redactaron respuestas a los proyectos de ley recibidos . El departamento contaba con una imprenta y una biblioteca jurídica especial, que se basaba en la colección de libros de la antigua Comisión de Redacción de Leyes. En 1882, para acercar la publicación del Código de Leyes a las actividades del Consejo de Estado, el emperador Alejandro III ordenó transformar la Segunda sección en el Departamento de Codificación dependiente del Consejo de Estado. Codificación de la legislación. A diferencia de la Comisión de Redacción de Leyes, la tarea de la Sección Segunda no era redactar nuevas leyes, sino poner en orden las existentes. Desde la época del Código Catedralicio de 1649, el problema de la codificación se ha planteado muchas veces , pero por primera vez se abordó de forma sistemática. El nuevo emperador Nicolás I asignó a la Segunda Rama la tarea más difícil: codificar todo el material legislativo que se había acumulado desde 1649. Se gastó 1 millón de monedas de oro en la creación de una imprenta especial, había de 30 a 50 empleados, lo que también costó mucho dinero. Formalmente, el ex rector de la Universidad de San Petersburgo M. A. Balugiansky fue nombrado gerente de la seccion II , pero en realidad todos los asuntos fueron dirigidos por el "gerente en jefe" Mikhail Mikhailovich Speransky , gracias a cuya energía todas las leyes que se habían acumulado durante los 180 años anteriores y se encontraban dispersos en diferentes lugares se recogieron en el transcurso de tres años e instituciones. El resultado de esta actividad fue la Colección Completa de Leyes del Imperio Ruso. Posteriormente, el Segundo sección procedió a crear el siguiente código, en el que seleccionó toda la legislación vigente y la expuso no en orden cronológico, sino en orden histórico-temático. El resultado de esta actividad fue el Código de Leyes del Imperio Ruso. Posteriormente, se encomendó a la sección II la elaboración de la continuación del Código de Leyes, así como la posterior publicación de la Colección Completa de Leyes. Además, la rama II participó en la consideración de todos los proyectos de ley, tanto en su esencia como en su forma, es decir, en relación con los mismos del Código de Leyes. El envío obligatorio de proyectos legislativos para consideración preliminar de la sección II fue cancelado en 1866. La segunda rama a menudo se encargaba de redactar leyes; fue responsable de la compilación del " Código de Penas Penales y Correccionales " (1845), el Código de Castigos para el Reino de Polonia , el Código de Legalizaciones Locales de las Provincias de Ostsee , etc. Una nueva generación de juristas. Un mérito importante de la Segunda Sección es su contribución al desarrollo de las ciencias jurídicas en Rusia. En 1828, por sugerencia de Speransky, tres estudiantes de las Academias Teológicas de San Petersburgo y Moscú fueron asignados a la sección II para prepararse para la cátedra. Al año siguiente, se convocaron 6 estudiantes más de las academias con el mismo propósito, y se les unieron tres estudiantes más de la Universidad de San Petersburgo : estas personas escuchaban derecho romano y literatura latina en la universidad y, además, practicaban en la Segunda. Departamento. Después de pasar aproximadamente un año y medio en el departamento II, los estudiantes fueron examinados en el departamento II; luego fueron enviados (en 1829 y 1831) a Berlín, donde, bajo el liderazgo de Savignyescuchó conferencias sobre ciencias jurídicas durante tres años; a su regreso a San Petersburgo, se sometieron nuevamente a un examen y recibieron el grado de Doctor en Derecho. Todos estos juristas (excepto tres que murieron antes de tiempo) tomaron departamentos legales en varias universidades y revolucionaron la enseñanza de la jurisprudencia en Rusia, trayendo consigo un conocimiento de la ciencia europea y un conocimiento profundo del derecho interno. De estos, K.A. Nevolin , N.I. Krylov , Ya. I. y S.I.Barshevs , PD Kalmykov y P.G. Redkin fueron los más avanzados por sus méritos científicos |
un derecho muy atrasado, arcaico y no sistematizado
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