Apuntes Personales y de Derecho de las Universidades Bernardo O Higgins y Santo Tomas.


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2).- ORDEN DEL TOISÓN DE ORO.

3).-LA ORATORIA.

4).-APUNTES DE DERECHO POLÍTICO.

5).-HERÁLDICA.

6).-LA VEXILOLOGÍA.

7).-EDUCACIÓN SUPERIOR.

8).-DEMÁS MATERIAS DE DERECHO.

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miércoles, 8 de enero de 2014

105.-Cómo preparar y exponer el informe oral en juicio.-a


 

 

El informe oral 

 
CONCEPTO

El informe oral implica una exposición detallada de las conclusiones definitivas, es una pieza importante de los juicios que conlleva preparación, estudio y finalmente su exposición en sala. Para preparar un buen informe final es necesario conocer una serie de técnicas que normalmente no se enseñan en la universidad, como tantas otras habilidades que requiere el ejercicio de la abogacía, sino que se adquieren con la experiencia y la práctica profesional.

Su objeto es convencer y persuadir al juez y se centra en las alegaciones orales que realizamos los letrados según las conclusiones alcanzadas sobre los hechos probados.

Me parece muy gráfica la definición que da Arturo Majada en su obra “Técnica del informe ante juzgados y tribunales: oratoria forense”, según la cual es la “alegación oral de fiscales y abogados, con la finalidad de persuadir al órgano jurisdiccional en interés a la parte a quien dirigen o representan, realizada en derecho con carácter total o parcial sobre un determinado asunto, ante el Tribunal competente para fallarlo u otro distinto, en audiencia pública o sin ella”.

ESTRUCTURA

Es importante que el informe tenga una estructura que permita transmitir las ideas principales con orden y coherencia y cuyas partes estén perfectamente interrelacionadas:

Exordio. Es una introducción con la que se pretende captar el interés del juez. No constituye una parte esencial y, en la actualidad y principalmente por razones de tiempo, o se suprime o queda reducido a un par de frases sacramentales. Únicamente se utiliza en asuntos de cierta importancia.
Proposición. Se trata del anuncio de la tesis que pretendemos probar los letrados, se hace a modo de petición inicial para que el juez emita una sentencia en un sentido determinado. Tampoco constituye una parte esencial y específica del informe, pero facilita el inicio del mismo y permite introducir de forma sencilla el siguiente apartado, la división.
La división. En esta parte se nombran los fundamentos en los que se basa la petición realizada en la proposición. La división contendrá únicamente las partes principales del informe procurando reducir al máximo sus términos, que deberán ser precisos y seguir un orden lógico.
La narración. Consiste en la exposición de los hechos sobre los que se pronunciará el juez. En el caso de que los hechos sean notorios, indubitados o aceptados por las partes no es estrictamente necesario que se incluya. Debe ser concisa y completa e incluir la información necesaria para fundamentar los argumentos. Ha de ser ordenada y clara exponiendo los hechos en orden cronológico y con un estilo sencillo.
Argumentación y refutación. En esta parte, los letrados exponemos las pruebas de las que nos valemos y los argumentos jurídicos conducentes a la calificación jurídica de los mismos. Además de probar lo que alegamos, debemos refutar las pruebas y alegaciones de la parte contraria.
El epílogo o peroración como cierre del mismo. Con carácter general, este apartado puede dividirse en dos partes: a) la recapitulación sumaria, en la cual se recuerdan las ideas esenciales de la prueba y la refutación y b) la conclusión, en forma de petición inicial (suplico) en la cual se “solicita”, “interesa”, o se afirma que procede la condena/libre absolución, etc.

CARACTERÍSTICAS DEL INFORME ORAL

Para conseguir la finalidad de persuadir al juez, el informe oral debe tener una serie de características que permitan fijar la atención de quienes nos escuchan durante la exposición:

Concisión, cuando exponemos el informe debemos limitarnos a los hechos que han quedado probados, la prueba y la argumentación jurídica en la que fundamos nuestra pretensión. Sobran los juicios de valor, las opiniones, afirmaciones y puntos de escaso interés para el asunto.

Brevedad, ello significa que se han de abordar todos los problemas fundamentales en el menor tiempo posible, los jueces nos lo agradecerán. Así, en su obra “El alma de la toga”, Ángel Ossorio dice “la brevedad es el manjar predilecto de los jueces. Si hablas poco te darán la razón aunque no la tengas… y a veces aunque la tengas”.

Claridad, de manera que sea perfectamente entendido por el juez. Para ello es necesario que los letrados tengamos un profundo conocimiento de la causa y de las cuestiones en ella planteadas.

Orden y coherencia, ello se consigue a través de unas pautas técnicas que permiten exponer las ideas con coherencia y siguiendo un orden lógico que permita continuar el hilo argumental iniciado con los hechos y que concluye con los argumentos.

Flexibilidad que nos permita realizar las modificaciones oportunas en función de las circunstancias y de los imprevistos que nos encontremos en el desarrollo de la vista (capacidad de improvisación, lo que Majada conoce con el nombre de improvisación preparada).

Solidez en la argumentación jurídica, es decir, el informe ha de tener un contenido sustancial. Los letrados partiendo de unos hechos, debemos probarlos y calificarlos jurídicamente, convenciendo y persuadiendo al juez de nuestras pretensiones. La falta de solidez tiene, casi siempre, un mismo origen: la falta de preparación. Cuando el informe no se prepara dedicándole el tiempo debido, lo que suele ocurrir es que se habla sin orden, con repeticiones y confusiones. Por lo tanto, al juicio oral tenemos que ir con los casos estudiados y preparados.

Como señala Calamandrei en su obra “Elogio de los jueces escrito por un abogado”: óptimo es el abogado de quien el juez, tras el juicio, no recuerda su cara, su nombre o sus gestos, pero recuerda sus argumentos.

CONCLUSIONES

Un buen informe requiere preparación que nos permita tener un conocimiento profundo de la causa para después elaborar de manera sistemática y ordenada las notas que constituyen el extracto. Conviene tener un buen resumen de la causa, breve, completo y claro, de modo que con una mirada podamos localizar la frase de un testigo o el contenido de una prueba pericial, es decir, todo lo que podemos necesitar en un momento del informe. A continuación, completaremos el examen de la cuestión jurídica con el estudio de la jurisprudencia y doctrina y una vez que conocemos a fondo el asunto y hemos profundizado sobre él, es cuando podemos exponerlo oralmente en forma clara, concisa, elegante y coherente.

Es importante la capacidad de comunicación verbal complementada con el lenguaje no verbal (la entonación, el volumen de la voz, la mirada, el movimiento de brazos y manos) ya que todo ello proporciona información que nos puede favorecer o no a la hora de conseguir nuestro objetivo.

Para exponer el informe nos podemos ayudar de un guión escrito que recoja las principales ideas, ya que ello que favorece la naturalidad de la exposición sin la rigidez del discurso memorizado. No es conveniente la lectura íntegra del texto porque con ello se pierde espontaneidad; además suele estar mal considerada por los jueces que lo interpretan como una falta de confianza y seguridad del abogado que dificulta seguirlo con atención.

En mi opinión, son fundamentales dos cualidades: solidez en el contenido y concisión en la expresión. Lo primero requiere un perfecto conocimiento del asunto, tanto en el aspecto fáctico como jurídico; lo segundo, se puede conseguir mediante técnicas de oratoria junto con la experiencia que nos da la práctica profesional. En definitiva, se trata de convencer y de persuadir, de ahí la importancia del estilo, es decir, del modo en que se dicen las cosas.

 

La palabra

 

La palabra es un don, que muchos aun no hemos aprendido a utilizar; al mismo tiempo puede ser un arma, ya que si no la utilizamos correctamente tanto otras personas como nosotros podemos salir heridos. Es cuestión de darle el uso correcto y también del mérito respectivo, pues de no ser por ella muchos de nosotros seriamos salvajes, ateos sin motivo de existencia alguna, ya que gracias a la palabra es que al pasar de los años se fueron difundiendo todas nuestras creencias, explicaciones de existencia, se concretan negociaciones, etc.

Ha como el autor se expresa sobre el uso de la palabra en la abogacía, me da a entender, por muy tosco que suene, que sobre todo debemos utilizarla correctamente para la comodidad del juez. Puesto que nos dice que debemos ser breves, para que no se aburra porque ya ha escuchado tantos argumentos a lo largo de subida que si es corto hay más posibilidades que falle a t favor; que hay que ser claros para que hasta el portero nos entienda, además de que el juez esta fatigado y no quiere oír tantos adornos en las historias; y así pues, no es que no esté de acuerdo con esto que acabo de mencionar, solo que me parece que no era necesario decir que es para facilitarle la vida al juez, aunque así sea.

Y de igual forma me parece que Ángel Osorio acierta mucho a la hora de explicarnos por decirlo de algún modo la clave para el buen uso de la palabra. Porque si bien es cierto que tanto la cordialidad hacia las otras personas, ya sea el otro abogado, o el juez; el uso correcto del léxico, mas no tan rebuscado pues lo que se intenta es que se entienda lo que queremos transmitir; y la amenidad, pues es muchísimo más agradable escuchar a es apersona que nos habla con calidez y sencillez a la que nos habla de manera tosca.

Abogados aprenden a manejar la oratoria para captar la atención de los jueces

Los jueces, como el resto de los trabajadores, acumulan cansancio durante el día y a lo largo de la semana, por lo que la capacidad oratoria de los letrados es fundamental para captar su atención, algo en lo que se están formando estudiantes de quinto de Derecho de Granada.

En un curso pionero, impulsado por la Delegación de Justicia de la Junta y la Facultad de Derecho, los futuros abogados aprenden técnicas para enfatizar sus voces y darles la entonación adecuada, para ser convincentes con la comunicación no verbal y para aprovechar todos los beneficios de una buena oratoria.

El profesor de Oratoria, Julio García Ramírez, explicó hoy que el buen abogado debe saber entender, para lograr una comunicación eficaz "el estado de ánimo del cliente y de su interlocutor", por lo que debe tener en cuenta "el día y la hora del juicio, porque la actitud de un juez sufre el cansancio igual que la de los demás". "Es cierto que los lunes estamos distraídos, los martes más activos y los viernes cansados, y que sobre mediodía sufrimos una bajada de azúcar que afecta a nuestra atención y nervios", añadió el experto.

Los 314 futuros letrados que participan en este curso, pionero en España, aprenden trucos para exponer sus argumentos de forma convincente y lograr sus fines. Hasta el momento sólo en el Colegio de Abogados de Málaga se han impartido anteriormente clases experimentales de oratoria, pero es la primera vez que esta enseñanza llega a las aulas de Derecho. Los alumnos agradecieron la oportunidad de participar en estas clases prácticas e intensivas, que consideran una asignatura básica y todavía pendiente en su carrera.




Entre las cualidades de la oratoria forense se encuentra la brevedad, una virtud fácil de destacar como adorno del buen orador pero verdaderamente difícil de practicar en el foro. Con todo, en los tiempos que corren, la brevedad es más necesaria que nunca, especialmente a la hora de interrogar e informar ante los juzgados y tribunales.

En su obra más célebre El Alma de la Toga,  don Ángel Ossorio, citando a un magistrado viejo que aconsejaba a un abogado joven  nos dice “que la brevedad es el manjar predilecto de los jueces. Si hablas poco te darán la razón aunque no la tengas… y a veces, aunque la tengas”, sentencia ésta que se complementa a las mil maravillas con la frase de Mirabeu “la brevedad es la pasión de los jueces”.

Ciertamente, los jueces y magistrados, por razón de los endémicos problemas de nuestra Administración de Justicia  se ven en la necesidad de prestar atención a interrogatorios e informes orales ininterrumpidamente durante horas, escuchando historias, argumentaciones y, como dice Ossorio, divagaciones en algunos casos idénticas, situación ésta que conduce en muchos casos a un cansancio y agotamiento,que se antojan contrarios a lo que la reflexión forense aconseja.

¿Es lógico pues pensar que si los letrados sabemos dominar y aprovechar esta cualidad oratoria no se prestará una mayor atención a nuestras intervenciones?

La respuesta a esta cuestión es lógicamente afirmativa, pues si la finalidad del interrogatorio e informe es enteramente persuasiva, para que nuestro mensaje llegue al auditorio será necesario mantener la atención del juez y esto sólo se consigue de forma que nuestra exposición sea clara, concreta y concisa, o lo que es lo mismo, que sea breve.

Pero con independencia de las razones de saturación que merma la atención de los jueces, la brevedad es siempre recomendable para el abogado pues su intervención siguiendo las reglas de la concisión va a suponer, como señala Ossorio, condensar, achicar y extractar antecedentes y argumentos, escatimando palabras y vivificando la oración a expensas de sus dimensiones, acción que si bien requerirá un extraordinario esfuerzo y trabajo al abogado, éste tendrá su recompensa en la potenciación y mejora de una habilidad esencial no sólo en estrados, sino en el ejercicio de cualquiera de las múltiples tareas que desarrolla el abogado fuera de los juzgados.

¿Y cómo podemos conseguir ser breves?

En mi opinión, durante el interrogatorio, dominando el empleo de las diversas modalidades de preguntas en función del tipo de interrogatorio y testigo, y siguiendo una estrategia clara en la que los objetivos, organización y secuenciación del interrogatorio estén previamente determinados, sin olvidar prescindir de la tan perjudicial lectura de las preguntas. Sólo de esta forma, se evitarán rodeos, repeticiones y disquisiciones inútiles para alcanzar los objetivos del mismo.

Respecto del informe oral, llegaremos a la brevedad siguiendo las siguientes reglas:

–          Trasladando al juez los problemas de hecho y los problemas jurídicos debatidos;

–          Evitando tratar puntos superfluos o de escaso interés para el asunto

–          Evitando de reproducir documentos o argumentos que constan en autos y que el juez puede constatar fácilmente;

–          Resumiendo la valoración de la prueba practicada en varias ideas y,

–          Si es posible, no agotando al máximo el tiempo preestablecido (por nosotros), siendo incluso más conveniente para la eficacia del informe parar cuando el juez se encuentre interesado por el alegato antes que cuando haya perdido interés.

Ahora bien, la brevedad no puede identificarse con una limitación temporal de nuestra intervención (tan de moda en estos tiempos), pues el abogado debe disponer de libertad paraexponer su informe, ya que toda restricción puede suponer una verdadera merma al derecho de defensa. Ahora bien, para ello tendremos que exponerlo con la máxima concisión, siempre con una duración proporcional a la complejidad del asunto, tratando de aplicar todas y cada una de las reglas que harán que aquél sea objeto de verdadera atención por el juez.

Concluyo con otra cita muy apropiada del maestro Ossorio:
Recuérdese la diferencia de cubicación entre una viña y el vino que se obtiene de ella. Proporción semejante debe haber entre el contenido de un pleito y su defensa oral.  

 

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