Apuntes Personales y de Derecho de las Universidades Bernardo O Higgins y Santo Tomas.


1).-APUNTES SOBRE NUMISMÁTICA.

2).- ORDEN DEL TOISÓN DE ORO.

3).-LA ORATORIA.

4).-APUNTES DE DERECHO POLÍTICO.

5).-HERÁLDICA.

6).-LA VEXILOLOGÍA.

7).-EDUCACIÓN SUPERIOR.

8).-DEMÁS MATERIAS DE DERECHO.

9).-MISCELÁNEO


domingo, 1 de enero de 2017

261.-Aranceles de los abogados. a

Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes;  Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto  Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo  Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez;  Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo  Price Toro;  Julio César  Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara;Paula Flores Vargas; Demetrio Protopsaltis Palma;Katherine Alejandra del Carmen  Lafoy Guzmán ; Ricardo Matias Heredia Sanchez; Alamiro Fernandez Acevedo;  Soledad García Nannig; 



ana karina gonzalez huenchuñir

Generalidades.
Los criterios para construir este arancel son los siguientes:

a) La gestión total y separada de cada asunto, y en lo judicial incluye la primera o única instancia, salvo recomendación especial de este arancel;
b) La intervención de un solo patrocinante, y si son varios los patrocinantes o abogados que intervienen en el asunto de un mismo interés, éstos dividirán el honorario del modo que acuerden;
c) La modalidad del pago honorario;
d) El éxito del asunto, y el beneficio reportado al cliente por la intervención profesional;
e) La terminación o conclusión del asunto, pues si la intervención profesional cesare anticipadamente la rebaja del honorario se hará prudencialmente, si correspondiere, pero, si el término fuere por revocación tendiente a burlar al profesional, éste tiene derecho al honorario total pactado.
f) Cuando el abogado actúe a la vez como procurador, en la causa que patrocina, su honorario definitivo se aumentará en un 10% del mismo.
Fijación de los honorarios
Para fijar el honorario de cada tramo de Escala, deben considerarse, a su vez:

a) Importancia y beneficio que la intervención del profesional reporta al cliente.
b) Capacidad económica de éste
c) Tiempo de la labor profesional, novedad, trascendencia y dificultades de la cuestión y habilidad y acierto del patrocinante;
d) Número y cantidad de incidentes y recursos en el asunto patrocinado;
e) Domicilio distinto del patrocinante en relación al lugar donde ha desempeñado su misión;
El pago:
 La forma de pago de los honorarios recomendada es la siguiente:
a) 50% al contratar los servicios y el saldo durante el curso del  asunto.
b) En lo contencioso, el exceso de aquel 50%, la mitad al quedar el proceso en estado de sentencia, y la otra mitad una vez dictada la sentencia de la instancia respectiva; pero en determinadas materias penales, debe pagarse todo el honorario al contratar el servicio profesional.
LAS COSTAS
 Las costas personales que tasa el Tribunal pertenecen a la parte y si el patrocinante las percibe, se imputan al respectivo honorario de éste, salvo pacto en contrario.
CONTRATO DE SERVICIOS.
El abogado deberá suscribir con el cliente un contrato que regule las obligaciones mutuas, a fin de proporcionar transparencia a la relación, y facilitar la prueba de las obligaciones correlativas.
 El abogado deberá indicar en forma explicita en el contrato de prestación de servicios profesionales y honorarios, si sus honorarios corresponden tan solo a primera instancia o a ambas y los valores que implican un modo u otro.

DERECHO A LOS HONORARIOS.

 El abogado tendrá derecho a la totalidad del honorario pactado aunque el litigio no termine por sentencia, sino por pago, aceptación de la demanda, transacción, conciliación, avenimiento, desistimiento o abandono legal que no le sea imputable.


Lista de Arancel.







 Otros asuntos judiciales o extrajudiciales de cualquier naturaleza que sean:

De 10  a 50 UF.

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