Luis Alberto Bustamante Robin; Jose Guillermo Gonzalez Cornejo; Jennifer Angelica Ponce Ponce; Francia Carolina Vera Valdes; Carolina Ivonne Reyes Candia; Mario Alberto Correa Manríquez; Enrique Alejandro Valenzuela Erazo; Gardo Francisco Valencia Avaria; Alvaro Gonzalo Andaur Medina; Carla Veronica Barrientos Melendez; Luis Alberto Cortes Aguilera; Ricardo Adolfo Price Toro; Julio César Gil Saladrina; Ivette Renee Mourguet Besoain; Marcelo Andres Oyarse Reyes; Franco Gonzalez Fortunatti; Patricio Ernesto Hernández Jara; Demetrio Protopsaltis Palma; Katherine Alejandra del Carmen Lafoy Guzmán; Ricardo Matias Heredia Sanchez; alamiro fernandez acevedo; Paula Flores Vargas; Soledad García Nannig;
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ana karina gonzalez huenchuñir |
VOLUNTARIO.
1.- Albaceazgo:
a) Con tenencia de bienes, del 30% del honorario del partidor en la misma herencia,
Con un mínimo de 20 UF.
b) Sin tenencia de bienes, del 10 al 50% del señalado bien.
Con un mínimo de 15 UF;
c) Si el albacea es a la vez partidor, con tenencia de bienes, se aumenta en un 25% el honorario de dicho partidor, y si no tuviere aquella tenencia, el aumento será sólo de 10%, con un mínimo de 25 UF.
2).- Apertura de testamento o su publicación incluso la protocolización respectiva,
Desde 25 UF.
3). Oposición de sellos y guarda de bienes,
Desde 15 UF.
4)-. Autorizaciones Judiciales:
a).-Si la cosa es susceptible de cuantía, del 3 al 4% del valor de la subasta, no pudiendo ser inferior a 20 UF.
Este honorario comprenderá todas las gestiones, desde la autorización judicial que fuere necesaria hasta la reducción a escritura pública de la subasta y la inscripción de los bienes subastados.
b) En los demás casos, desde 20 UF.
Si la subasta no se llevare a efecto, el honorario será del 1% del valor del avalúo de los bienes.
5). Declaración de herencia yacente, comprendiendo el nombramiento de Curador.
Desde 20 UF.
6).- Declaración de muerte presunta.
Desde 20 UF.
7)- Enajenación voluntaria de bienes en pública subasta:
Del 3 al 4% del valor de la subasta, no pudiendo ser inferior a 20 UF. Este honorario comprenderá todas las gestiones, desde la autorización judicial que fuere necesaria hasta la reducción a escritura pública de la subasta y la inscripción de los bienes subastados.
8).- Tasación de bienes, gestión:
Desde 5 UF.
9).- Habilitación para comparecer en juicio:
Desde 5 UF.
10). Insinuación de donaciones y determinación del impuesto:
Desde 10 UF.
11)-Inventario Solemne:
Desde 5 UF.
12)-Información para perpetua memoria:
Desde 15 UF.
13). Juicio de Interdicción:
Desde 25 UF.
14).- Nombramiento de Guardadores y discernimiento de estos cargos:
Desde 25 UF.
15).- Notificación de actos jurídicos a terceros (notificación de cesión de créditos, prendas, etc.):
Desde 10 UF.
16).-Rectificación de partida de estado civil:
Desde 25 UF.
16).-Rectificación de partida de estado civil:
Desde 25 UF.
Nota final.
Las gestiones judiciales no mencionadas, especialmente en este Arancel.
Desde 10 UF.
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